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Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 015-2020/SIS

Lima, 18 de febrero de 2020

VISTOS: El Memorando Nº 345-2020-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, el Memorando Nº 325-2020-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 069-2020-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 069-2020-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, establece que “(...) Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego (...)”;

Que, asimismo, a través del citado artículo 20 se establece que “Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional (...) requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego (...) se publica en el diario oficial El Peruano (...);

Que, con Oficio Nº 000982-2019-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicitó al Seguro Integral de Salud - SIS efectúe una transferencia financiera por la suma de S/ 97,562.42 (Noventa y siete mil quinientos sesenta y dos y 42/100 Soles), correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV) por el periodo auditado 2019 y al 6% por el derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría. Asimismo, requirió se adjunte una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica del periodo auditado 2019;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Jefatural Nº 198-2019/SIS, se aprobó la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud, hasta por la suma de S/ 97,562.42 (Noventa y siete mil quinientos sesenta y dos y 42/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para financiar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2019 y el 6% por el derecho de designación o supervisión de las sociedades de auditoría, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría;

Que, con Memorando Nº 345-2020-SIS/OGAR, la Oficina General de Administración de Recursos - OGAR solicitó a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 275, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres y 00/100 Soles), para financiar el 50% restante de la retribución económica por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría;

Que, con Memorando Nº 325-2020-SIS/OGPPDO, la OGPPDO aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 275, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por el ejercicio 2020;

Que, mediante Informe Nº 069-2020-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 069-2020-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de las opiniones técnicas de la OGAR y la OGPPDO, concluye que resulta jurídicamente viable emitir la Resolución Jefatural que apruebe la transferencia financiera en favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres y 00/100 Soles), para financiar el 50% restante de la transferencia financiera aprobada con Resolución Jefatural Nº 198-2019/SIS, correspondiente a la retribución económica por el periodo auditado 2019 por los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría;

Con el visto del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud, hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para financiar el 50% restante de la transferencia financiera aprobada con Resolución Jefatural Nº 198-2019/SIS, correspondiente a la retribución económica por el periodo auditado 2019 por los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal, del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 001: Seguro Integral de Salud (001091), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 1126 y Clasificador del Gasto 2.4.13.11.

Artículo 3.- Precisar que los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Administración de Recursos remita copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE

Jefa del Seguro Integral de Salud

1856921-1