Modifican el literal b) del artículo 232 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
Resolución Ministerial
N° 076-2020-EF/41
Lima, 17 de febrero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y en el artículo 43 de los referidos lineamientos establece que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, de acuerdo con los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización y se aprueba por resolución del Titular de la entidad;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 256-2019-EF y la Resolución Ministerial N° 292-2019-EF/41, se aprobaron las Secciones Primera y Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, resulta necesario efectuar modificaciones a la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, con la finalidad de facilitar la aplicación de sus disposiciones;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y la Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas.
Modifícase el literal b) del artículo 232 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada por la Resolución Ministerial N° 292-2019-EF/41, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 232. Funciones de la Dirección de Promoción de Inversión Privada
Son funciones de la Dirección de Promoción de la Inversión Privada las siguientes:
(…)
b) Elaborar la opinión sobre los informes multianuales de inversiones en Asociaciones Público Privadas, informes de evaluación, versiones iniciales y finales de los contratos, y modificaciones contractuales de Asociaciones Público Privadas, de acuerdo con sus competencias y consolidar la opinión institucional del Ministerio de Economía y Finanzas;
(…)”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
1856479-1