Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el vencimiento de pago del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular y el de los Arbitrios Municipales 2020 y la ampliación del beneficio del pronto pago o pago adelantado de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020 establecidas mediante la Ordenanza Municipal 027-2019-MPC

Modifican el vencimiento de pago del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular y el de los Arbitrios Municipales 2020, y la ampliación del beneficio del pronto pago o pago adelantado de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020 establecidas mediante la Ordenanza Municipal 027-2019-MPC

Ordenanza Municipal

Nº 002-2020

Callao, 14 de febrero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto, el Dictamen Nº 002-2020-MPC-CMPC/SR-COADPA de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en el ejercicio de las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194°, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9° inciso 9°, señala que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, mediante Ordenanza Municipal;

Que, el artículo 15° del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que el Impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año. b) En forma fraccionada hasta un máximo de 04 cuotas, misma que se distribuirán mediante la emisión mecanizada las cuales forman parte de las cuponeras que serán distribuidas entre los contribuyentes del distrito del Callao;

Que, la segunda Norma del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 1113, 1117, 1121 y 1123, establece que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público, asimismo la Cuarta Norma, indica que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasa o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Memorando Nº 86-2020-MPC-GAT, de fecha 24 de enero del 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria, remite el presente proyecto de Ordenanza Municipal que modifica el artículo 5° y el artículo 12, numeral 12.5° por el vencimiento de pago de los arbitrios municipales 2020 y por beneficio del pronto pago o pago adelantado para el ejercicio 2020, para el Cercado del Callao,

Que mediante Memorando Nº 298-2020-MPC-GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas de fecha 24 de enero del 2020, solicita opinión legal para la modificación del artículo 5° y el artículo 12°, Numeral 12.5° por el cual la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación ha emitido el Memorando Nº 357-2020-MPC-GGAJC de fecha 24 de enero del 2020, declarando procedente la conformidad a la propuesta de Ordenanza Municipal para la modificación de Vencimiento del Pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y el Pago de los Arbitrios Municipales 2020 y la ampliación del Beneficio del Pronto Pago o pago adelantado, para Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020 considerando la aprobación establecida en la Ordenanza Municipal 027-2019-MPC;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente ha dado lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO VEHICULAR Y EL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020, Y LA AMPLIACION DEL BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2020

ESTABLECIDAS MEDIANTE LA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2019-MPC

Articulo 1.- DEL VECIMIENTO AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y VEHICULAR

Procédase a ampliar la fecha del vencimiento de pago del Impuesto Predial y vehicular para el ejercicio fiscal del año 2020, hasta el 31 de marzo del 2020 en el Distrito del Cercado del Callao, sea la cancelación de la misma o el pago de forma fraccionada.

Artículo 2. PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 (modificación del artículo 5° de la ordenanza Municipal 027-2019-MPC del 27.12.2019)

Los arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual, el vencimiento del pago de los arbitrios municipales para el tramo de enero, febrero y marzo en el cual se considerará el último día hábil del mes de marzo como fecha de vencimiento como muestra el presente cronograma:

Enero 31.03.2020

Febrero 31.03.2020

Artículo 3. BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO

(Modificación del artículo 12° numeral 12.5° de la ordenanza Municipal 027-2019-MPC del 27.12.2019)

Los contribuyentes, que opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio fiscal, tendrá un descuento único del 10% por el monto insoluto de la deuda de los arbitrios municipales (RRS, BC, PJ, SC) generados para el año 2020, el presente beneficio tendrá una vigencia hasta el 31 de marzo 2020.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primero.- Vigencia: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación .

Segundo.- Encargar la ejecución de la presente Ordenanza a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Recaudación. Encargar la publicación en el Diario Oficial El Peruano a la Secretaría General. La Publicación en la página WEB Institucional a la Gerencia de Informática y de la misma manera el apoyo para la programación y emisión de las cuponeras 2020, encargar la difusión de la misma a la Gerencia General de Relaciones Públicas.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS

Alcalde

1856199-1