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Aprueban la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020 dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio y su reglamento

Aprueban la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio y su reglamento

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 001-2020-MDJM

Jesús María, 11 de febrero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

JESÚS MARÍA

VISTOS: El Informe N° 043-2020-MDJM-GATR-SGSC de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, el Memorándum N° 33-2020-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N.° 076-2020/GAJRC/MDJ M de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 228-2020-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, conforme a lo señalado en el artículo 6° de la Ordenanza N° 521-MDJMque regula el Programa de Beneficios al Vecino Puntual y Exclusivo de la Municipalidad Distrital de Jesús María, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 29 de junio de 2017, los vecinos puntuales y exclusivos, en función del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, accederán a sorteos de bienes y servicios diversos; siendo que mediante Decreto de Alcaldía se establecerán los premios y la reglamentación correspondiente para cada sorteo;

Que, la referida norma está destinada a desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito y se establezca una serie de beneficios, entre ellos, la participación por parte de los vecinos exclusivos y puntuales en sorteos;

Que, conforme la experiencia de los años precedentes, resulta necesario aprobar la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera voluntaria y oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio; así como establecer las disposiciones que regulen el mismo;

Contando con el pronunciamiento favorable de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio.

Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, que consta de ONCE (11) acápites, y como Anexo, forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General, su publicación en el diario oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS QUINTANA GODOS

Alcalde

1856238-1