Carmen de La Legua Reynoso, 28 de enero de 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 002-2020, celebrada en la fecha, estando a lo señalado en el Informe Nº 009-2020/MDCLR-GAT-SGF, de la Subgerencia de Fiscalización, el Informe Nº 005 -2020-GAT-MDCLR, de fecha 10 de Enero del 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 003-2020-GPP/MDCLR, de fecha 14 de Enero de 2020, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a lo Opinado por la Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 025-2020-GAJ/MDCLR, fecha 20 de Enero del 2020, sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas- RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Carmen de La Legua –Reynoso, es un órgano de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos que le confi ere el Artículo 194º, de la Constitución Política del Perú; que señala que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; añadiendo la acotada norma que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”;
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 005-2015-MDCLR, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano, con fecha 28 de mayo de 2015, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua Reynoso disponiéndose aplicarlo en la jurisdicción del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso;
Que, con el objeto de contar con un Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA, y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, elaborado en función a las competencias de la Municipalidad Distrital de Carmen de La Legua Reynoso y la problemática propia del distrito, la Subgerencia de Fiscalización, mediante Informe Nº 009-2020-MDCLR-GAT-SGF, propone la aprobación en un nuevo RASA y CUIS, y para cuyo efecto se cuenta con el Informe Nº 025- 2020-GAJ/MDCLR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que opina favorablemente;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, Inciso 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: