Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR
Resolución Directoral
Nº 208-2019-CENFOTUR/DN
Barranco, 26 de diciembre de 2019
VISTO:
El Memorando N° 177-2019-GG/OPPD de fecha 13 de noviembre de 2019, Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo de fecha 13 de noviembre de 2019, Informe N° 105-2019-CENFOTUR-GG-OPPD/UPD emitidos por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo e Informe N° 147-2019-CENFOTUR-GG-OAJ de fecha 19 de diciembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la Formalización de la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR;
CONSIDERANDO:
Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;
Que, mediante Resolución Directoral N° 208-2011-CENFOTUR/DN, de fecha 15 de junio de 2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, el mismo que fue modificado por las Resoluciones Directorales N° 152-2015-CENFOTUR/DN de fecha 02 de noviembre de 2015, Resolución Directoral N° 147-2016-CENFOTUR/DN de fecha 17 de agosto de 2016, Resolución Directoral N° 183-2017-CENFOTUR/DN de fecha 20 de noviembre de 2017, Resolución Directoral N° 075-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 183-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 135-2019-CENFOTUR/DN de fecha 25 de julio de 2019;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1451, de fecha 16 de septiembre de 2018, precisa que el Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo facultado a otorgar los grados y títulos a nombre de la nación y otros certificados equivalentes a los emitidos por las escuelas e institutos de educación superior, pudiendo desarrollar modalidades del servicio educativo y enfoques de formación en alianza con instituciones públicas y/o privadas; asimismo, se encuentra facultado a implementar programas de formación continua. Dichas facultades se desarrollan en cumplimiento de su normativa interna, así como de la normativa emitida por el Ministerio de Educación, en lo que fuera aplicable;
Que, el Texto Unico Ordenando de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone en su numeral 43.4 del articulo 43°, que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de la Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;
Que, mediante Decretos Legislativos N° 1246 y 1310, se establecen diversas medidas de eliminación o prohibición de documentación, con la finalidad de implementar medidas de simplificación administrativa aplicables a todas las Entidades;
Que, mediante memorando N° 177-2019-GG/OPPD de fecha 13 de diciembre de 2019, la Oficina de Planificación Presupuesto y Desarrollo remite Informe N° 145-2019-CENFOTUR-GG-OPPD/UPD de fecha 13 de diciembre de 2019, emitido por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, solicitando la Formalización de la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR a fin de que el mismo cuente con treinta (30) servicios no exclusivo teniendo en cuenta la actualización realizada a su cantidad, costos y requisitos de conformidad a la normativa vigente;
Que, mediante Informe N° 147-2019-CENFOTUR-GG/OAJ de fecha 19 de octubre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica informa entre otros puntos que la propuesta de Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, se encuentra dentro de las disposiciones legales que regulan la competencia del CENFOTUR, debiendo ser elevadas a Consejo Directivo para su aprobación;
Que, el literal m) del artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del CENFOTUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, dispone que entre las funciones de la Dirección Nacional está el de proponer al Consejo Directivo las tarifas o tasas de derecho de enseñanza y procedimientos administrativos, y el literal f) del artículo 7° del citado Reglamento de Organización y Funciones, dispone que entre las funciones del Consejo Directivo está el de aprobar tarifas o tasas de derecho de enseñanza y procedimientos administrativos;
Que, con fecha 28 de noviembre 2019, se llevó a cabo la Sesión N° 351-2019 del Consejo Directivo, en la cual la Directora Nacional presentó entre otros la propuesta de modificación de Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, explicando la necesidad de contar con este instrumento acorde a la normatividad vigente, por lo que fue aprobado por unanimidad mediante acuerdo N° 449-351-2019;
Que, conforme lo expuesto resulta necesario emitir la Resolución Directoral que formalice dicha modificación;
Con la visación de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, Oficina de Administración y Finanzas, Dirección de Formación Académica, Dirección de Gestión Académica, Dirección de Extensión Educativa, Oficina de Asesoría Jurídica y Gerencia General;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, Decreto Legislativo N° 1451 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEROGAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR aprobado mediante Resolución Directoral N° 208-2011-CENFOTUR/DN, de fecha 15 de junio de 2011, modificado por las Resoluciones Directorales N° 152-2015-CENFOTUR/DN de fecha 02 de noviembre de 2015, Resolución Directoral N° 147-2016-CENFOTUR/DN de fecha 17 de agosto de 2016, Resolución Directoral N° 183-2017-CENFOTUR/DN de fecha 20 de noviembre de 2017, Resolución Directoral N° 075-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 183-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 135-2019-CENFOTUR/DN de fecha 25 de julio de 2019.
Artículo Segundo.- FORMALIZAR la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR aprobado en Sesión N° 351-2019 del Consejo Directivo, mediante acuerdo N° 449-351-2019, de fecha 28 de noviembre de 2019, el cual consta de cinco (05) folios, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas en coordinación con las demás unidades orgánicas, a realizar las acciones necesarias a fin de velar por el estricto cumplimiento de la presente resolución, así como realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente Resolución a las áreas respectivas, a fin de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia.
Artículo Quinto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
MADELEINE BURNS VIDAURRÁZAGA
Directora Nacional
Centro de Formación en Turismo
SERVICIOS NO EXCLUSIVOS QUE BRINDA EL CENFOTUR
U.I.T 2019 4,200.00
Decreto Supremo 298-2018-EF del 17/12/2018
N° |
DENOMINACIÓN DEL SERVICIO NO EXCLUSIVO |
REQUISITOS |
UIT |
IMPORTE S/. |
COMISIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN (COPAD) |
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01 |
PROCESO DE ADMISIÓN |
a) Proceso Regular 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
b) Por ocupar Excelencia escolar 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Declaración Jurada de haber obtenido un promedio superior o igual a 14 entre el tercer y quinto año de estudios secundarios. Para el caso de los menores de edad, esta declaración jurada deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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c) Por excelencia en idiomas 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Copia simple del certificado de haber concluido el nivel avanzado en un Instituto en Idiomas o contar con una acreditación internacional en idiomas. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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d) De fuerzas armadas y de la PNP 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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4. Pago por derecho de admisión. 5. Presentar una acreditación de que el postulante es hijo y/o miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú. 6. Haber concluido el servicio militar. |
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e) Grado académico o título profesional 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Declaración Jurada de contar con Grado Académico o Título Profesional. 6. Si el postulante solicita la convalidación de cursos, deberá presentar originales, copias certificadas o legalizadas ante notario público del Certificado de Estudios, Malla Curricular y Syllabus sellados del centro de estudios de procedencia. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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f) Por traslado externo 1. Declaración Jurada de haber cursado estudios superiores, debiendo estar aprobados como mínimo los dos primeros ciclos o el primer año académico. Para el caso de los menores de edad, esta declaración jurada deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 2. Si el postulante solicita la convalidación de cursos, deberá presentar originales, copias certificadas o legalizadas ante notario público del Certificado de Estudios, Malla Curricular y Syllabus sellados del centro de estudios de procedencia. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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g) Deportistas destacados 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Declaración Jurada de estar reconocido por el Instituto Peruano del Deporte o la federación de la rama respectiva. Para el caso de los menores de edad, esta declaración jurada deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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h) Discapacitados 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Adjuntar original o copia autenticada por fedatario del documento que certifique estar inscritos en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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i) Los hijos y/o servidores públicos del CENFOTUR y MINCETUR 1. Número de DNI. 2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero. 3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser firmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. 5. Presentar una acreditación de que el postulante es hijo y/o servidores públicos del CENFOTUR y MINCETUR. Nota: La matrícula estará condicionada a la presentación de los certificados de estudios en original que acrediten la culminación de los mismos (en cuanto no se encuentre implementada la interoperabilidad con el Ministerio de Educación). |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
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DIRECCIÓN DE GESTIÓN ACADÉMICA - SUB DIRECCIÓN DE REGISTRO ACADÉMICO |
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02 |
MATRICULA |
a) Programa de Educación Superior Ingresantes de procesos de admisión 2019 - I 1. Número de DNI. 2. Pago por derecho. 3. Certificados de estudios en original (en cuanto no se encuentre implementada la interoperabilidad con el Ministerio de Educación). 4. En la primera matrícula: Una foto digital con las siguientes características: Fondo blanco, dimensiones: 240 x 288 pixeles, formato JPG, Vestimenta formal. |
Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 |
100 50 |
03 |
RECTIFICACIÓN DE MATRÍCULA |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. Nota: Se podrá solicitar la rectificación de matrícula hasta 05 días calendario del inicio de clases. En caso haya un saldo a favor del Alumno, se descontará en la siguiente cuota. |
Sede Central 0.01190 Filiales 0.00595 |
50 25 |
04 |
RESERVA DE MATRICULA O LICENCIA DE ESTUDIOS |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. Nota: Los ingresantes podrán solicitar la reserva de matrícula durante el proceso de matrícula. Los alumnos a partir del II ciclo podrán solicitar la reserva de matrícula quince (15) días antes de la matrícula del nuevo Período Académico. |
Sede Central 0.01190 Filiales 0.00595 |
50 25 |
05 |
REINCORPORACIÓN DE ESTUDIOS |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. Nota: La reincorporación de estudios debe ser solicitada hasta 20 días calendarios antes del inicio del Periodo Académico. |
Sede Central 0.02429 Filiales 0.01429 |
102 60 |
06 |
RETIRO DE CICLO |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. Nota: El retiro de ciclo se puede realizar hasta 30 días calendarios de iniciado el Periodo Académico. |
Sede Central 0.01190 Filiales 0.00595 |
50 25 |
07 |
TRASLADO INTERNO |
a) Traslado Interno entre filiales 1. Solicitud dirigida al Director de Gestión Académica 2. Pago por derecho. |
Sede Central 0.04762 Filiales 0.04762 |
200 200 |
b) Traslado Interno de Programas de Estudios 1. Solicitud dirigida al Director de Gestión Académica 2. Pago por derecho. Nota: El traslado interno se realiza antes de culminar el proceso de matrícula. |
Sede Central 0.08333 Filiales 0.03786 |
350 159 |
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08 |
EMISIÓN DE CONSTANCIAS (ESTUDIOS Y NOTAS) |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. |
Sede Central 0.00976 Filiales 0.00976 |
41 41 |
09 |
EMISIÓN DE CERTIFICADOS (Por Ciclo) |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. 3. Foto (1) tamaño carnet, fondo blanco, dimensiones: 240 x 288 pixeles, formato JPG, Vestimenta formal y sin anteojos |
Sede Central 0.00571 Filiales 0.00571 |
24 24 |
10 |
EMISIÓN DE DUPLICADO DE CARNÉ INSTITUCIONAL |
1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. 3. Foto (1) tamaño carnet, fondo blanco, dimensiones: 240 x 288 pixeles, formato JPG, Vestimenta formal y sin anteojos |
Sede Central 0.00429 Filiales 0.00429 |
18 18 |
11 |
TRÁMITE DE CARNÉ DE MEDIO PASAJE |
1. Pago por derecho. 2. Una foto digital con las siguientes características: Fondo blanco, dimensiones: 240 x 288 pixeles, formato JPG, Vestimenta formal y sin anteojos. |
Sede Central 0.00357 Filiales 0.00357 |
15 15 |
12 |
CONSTANCIA DE EGRESADO/ TITULADO Y OTRAS |
a) Presencial Egresados a partir del año 2012 1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. |
Sede Central 0.00976 Filiales 0.00976 |
41 41 |
b) Presencial Egresados anteriores al 2012 1. Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Académicos según formato. 2. Pago por derecho. 3. Tres (03) fotos tamaño pasaporte. Nota: Para el caso del Grado de Bachiller Técnico, deberá traer |
Sede Central 0.01000 Filiales 0.01000 |
42 42 |
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13 |
GRADO DE BACHILLER TÉCNICO |
1. Formato de solicitud dirigida a la Dirección de Gestión Académica. 2. Recibo de pago por derecho de grado. 3. Copia simple de DNI. 4. Constancia que acredite el conocimiento del idioma extranjero o lengua nativa emitida por CENFOTUR 5. Cuatro (04) fotos tamaño pasaporte a color, fondo blanco, vestimenta formal y sin anteojos. |
Sede Central 0.05881 Filiales 0.05881 |
247 247 |
DIRECCION DE FORMACIÓN ACADÉMICA |
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1855508-1