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Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para la ejecución del Proyecto Promoción de Diálogo y Consolidación del Acuerdo Nacional

Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto “Promoción de Diálogo y Consolidación del Acuerdo Nacional”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 116-2020-PCM

Lima, 29 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 434-2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo– PNUD, con el propósito de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para el Proceso de Modernización y Descentralización de la Gestión del Estado;

Que, en virtud al referido Convenio se viene ejecutando el Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, destinado a fortalecer la capacidad técnica y administrativa para la modernización del Poder Ejecutivo, el mismo que tiene prórroga vigente hasta el 31 de diciembre del 2021; en el cual está comprendido el Proyecto PNUD 99415 - ID 102704 “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional”;

Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros aprobar transferencias financieras a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el objetivo de continuar con la ejecución del Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, precisando que las citadas transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego o a quien este delegue, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, resolución que se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, y aprueban otras medidas, precisa que la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos por las entidades, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de los organismos internacionales, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería;

Que, mediante Memorando Nº D000006-2020-PCM-PNUD99415, la Directora (A) Nacional PNUD del Proyecto PNUD 99415 - ID 102704 “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional” solicita la transferencia de recursos financieros a favor del PNUD por un importe de S/ 736 295,05 (Setecientos treinta y seis mil doscientos noventa y cinco con 05/100 soles), de acuerdo al Plan de Trabajo 2020 suscrito por el Representante del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, mediante Informe N° D000145-2020-PCM-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable para el trámite de la transferencia financiera de recursos a favor del PNUD para la ejecución del Proyecto PNUD 99415 - ID 102704 “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional”, el mismo que cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0607, por la suma de hasta S/ 736 295,05 (Setecientos treinta y seis mil doscientos noventa y cinco con 05/100 soles), con cargo a la Meta 0021: “Fortalecimiento de la Institucionalidad del Foro del Acuerdo Nacional”, por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales, para financiar las actividades del referido Proyecto previstas para el año 2020;

Que, en ese sentido resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del PNUD, conforme a lo dispuesto en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Con la visación de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Administración; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto PNUD 99415 - ID 102704 “Promoción de Diálogo y Consolidación del Acuerdo Nacional”, por el importe de hasta S/ 736 295,05 (Setecientos treinta y seis mil doscientos noventa y cinco con 05/100 soles), de acuerdo al Plan de Trabajo 2020 suscrito por el Representante del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros.

Artículo 2. El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará a la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General – PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a la Meta 0021: “Fortalecimiento de la Institucionalidad del Foro del Acuerdo Nacional”, por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios– Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales.

Artículo 3. De conformidad con la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 y el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería.

Artículo 4. Notificar la presente Resolución a la Directora (A) Nacional PNUD del Proyecto PNUD 99415 - ID 102704 “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional” y a la Oficina de Asuntos Financieros de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en mérito a sus competencias realicen el trámite y seguimiento respectivo.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS

Presidente del Consejo de Ministros

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