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Aprueban el Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible

Aprueban el “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible”

Resolución de Presidencia Ejecutiva

N° 040-2020-DV-PE

Lima, 28 de mayo de 2020

VISTO:

Los Informes N° 000027-2020-DV-DAT y N° 00037-2020-DV-DAT, emitidos por la Dirección de Asuntos Técnicos, el Oficio Nº 00000619-2020-PRODUCE/SG, de la Secretaría General del Ministerio de la Producción; el Oficio 421-2020-MINAGRI-SG, de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 824, y sus modificatorias, se declara de interés nacional la lucha contra el consumo de drogas en todo el territorio y se constituye a DEVIDA como ente rector encargado de diseñar, coordinar y ejecutar de manera integral las acciones de prevención contra el consumo de drogas, estableciéndose su naturaleza jurídica y funciones;

Que, el literal e) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1241, establece como función de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA promover la sustitución de los cultivos de la hoja de coca y otros sembríos que sirvan de insumo para la producción de drogas ilícitas, mediante programas de desarrollo alternativo, integral y sostenible en coordinación con los organismos, sectores y niveles de gobierno. Asimismo, el literal i) del mencionado artículo del citado Decreto Legislativo establece como función de DEVIDA promover acciones referidas a la comercialización de la producción proveniente del desarrollo alternativo integral y sostenible en toda la cadena productiva, en coordinación con las entidades y organismos competentes;

Que, de conformidad con numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1241, que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas - TID, DEVIDA propone las políticas y estrategias contra el TID y ejerce funciones de articulación con los sectores e instituciones involucrados en la lucha contra el TID, conforme a Ley;

Que, mediante Decreto Supremo N° 061-2017- PCM se aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021 como documento rector en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas que diseña y conduce DEVIDA. El artículo 3 del citado Decreto Supremo establece que las entidades públicas involucradas en su implementación, dentro del ámbito de sus competencias, adopten las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento, siendo DEVIDA la responsable de hacer el seguimiento de sus resultados;

Que, la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021 contempla entre sus ejes de intervención el referido al Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible (DAIS). El citado eje tiene como Objetivo Intermedio 1 “Reducir la dependencia económica del cultivo de coca de la población de las zonas de influencia cocalera, incorporándola al desarrollo alternativo”, para cuyo fin comprende los siguientes objetivos específicos: económico, incrementar el ingreso familiar proveniente de actividades económicas lícitas; social, fomentar el desarrollo integral de las personas en las zonas de influencia cocalera; ambiental, apoyar en el ordenamiento para mejorar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de las zonas de influencia cocalera; político, fortalecer la gobernabilidad en las zonas de influencia cocalera. Asimismo, de acuerdo con la citada Estrategia Nacional, la ejecución del eje DAIS involucra la intervención de diversas entidades del Estado y en todos los niveles de gobierno, así como la participación del sector privado y la cooperación internacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 154-2019-PCM se reguló la articulación y alineamiento de las intervenciones efectuadas por las entidades públicas y privadas en materia del Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible (DAIS), contemplado en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, en el marco de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas que diseña y conduce DEVIDA. El artículo 2 del citado Decreto Supremo define intervenciones DAIS como todos los proyectos y actividades implementadas por entidades públicas y privadas que se ejecuten en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y políticas afines, y que estén orientadas a reducir el impacto socioeconómico del tráfico ilícito de drogas en las zonas de producción ilícita de drogas. Asimismo, el artículo 3 del mencionado cuerpo normativo establece que DEVIDA ejerce la conducción y articulación de las intervenciones DAIS, lo cual comprende: el establecimiento de lineamientos o disposiciones para implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de las intervenciones DAIS ejecutadas por entidades privadas en materia económico-productiva, así como de desarrollo institucional; la definición y categorización de las zonas prioritarias para las intervenciones DAIS; y el diseño y seguimiento de las estrategias comunicacionales de las intervenciones;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 154-2019-PCM, establece que DEVIDA aprueba y publica los protocolos de alineamiento de las intervenciones DAIS, previa opinión favorable de los Ministerios de Agricultura y Riego y de la Producción.

Que, mediante el Informe N° 000027-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos de DEVIDA presenta la propuesta de “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible” el cual recoge los comentarios y sugerencias contenidos en los informes técnicos remitidos por el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, mediante Oficio Nº 00000619-2020-PRODUCE/SG, del 11 de mayo del 2020, la Secretaría General del Ministerio de la Producción, remite el Memorando Nº 00000535-2020-PRODUCE/DVMYPE-I, de fecha 07 de mayo del 2020, emitido por el Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; el Memorando Nº 00000401-2020-PRODUCE/DGPAR, de fecha 04 de mayo del 2020, emitido por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; y el Memorando Nº 00000100-2020-PRODUCE/DP, de fecha 04 de mayo del 2020, emitido por la Dirección de Políticas; los cuales, sobre la base del Informe N° 008-2020-PRODUCE/DP-NRIVERA, de fecha 04 de mayo del 2020, de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dan opinión favorable a la propuesta de “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible” presentado por DEVIDA;

Que, a través del Oficio 421-2020-MINAGRI-SG, del 18 de mayo del 2020, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre la base del Informe N° 051-2020-MINAGRI-DVPA/DGPA-DIPNA, elaborado por la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, emite opinión favorable a la propuesta de “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible” presentado por DEVIDA;

Que, mediante Informe N° 000037-2020-DV-DAT, del 21 de mayo del 2020, la Dirección de Asuntos Técnicos de DEVIDA recomienda la aprobación de la propuesta de “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible”, toda vez que el Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio de la Producción han emitido opinión favorable;

Que, estando a lo anterior, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible”, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 154-2019-PCM;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, en cuyo artículo 9 se establece que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva la cual, de acuerdo con lo establecido en el literal r) del artículo 10 del referido cuerpo normativo, cuenta entre sus funciones con la de emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad;

Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Dirección de Articulación Territorial, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el tráfico ilícito de drogas, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1241, que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas; el Decreto Supremo N° 061-2017-PCM, que aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021; el Decreto Supremo Nº 154-2019-PCM, que regula la articulación y alineamiento de las intervenciones en materia del Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible (DAIS); el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR el “Protocolo de Alineamiento de las Intervenciones de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 154-2019-PCM.

Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de DEVIDA (www.devida.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RUBÉN VARGAS CÉSPEDES

Presidente Ejecutivo

1866959-1