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Aprueban Matriz de Compromisos a que se refiere el Decreto Supremo N° 110-2020-EF

Aprueban Matriz de Compromisos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 088-2020-MIMP

Lima, 27 de mayo de 2020

Vistos, la Nota N° D000255-2020-MIMP-DGCVG de la Dirección General contra la Violencia de Género, el Informe N° D000200-2020-MIMP-DPVLV de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia, la Nota N° D000246-2020-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer, los Memorándums N° D000351-2020-MIMP-OGPP y N° D000356-2020-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D00207-2020-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, el Informe N° D0069-2020-MIMP-OP y la Nota N° D000020-2020-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, y el Informe N° D000095-2020-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 20.5 del artículo 20 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que se han asignado recursos en el pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta por la suma de S/ 160 000 000,00 (CIENTO SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de intervenciones contenidas en los productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, desarrollado por el Grupo de Trabajo Multisectorial, en el marco de la Resolución Ministerial N° 162-2019-EF/10, para tal efecto autoriza a dicho Ministerio a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos que participan en la entrega de los productos priorizados del mencionado Programa Presupuestal Orientado a Resultados con cargo a dichos recursos, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, el Ministro del Sector correspondiente, y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última, para lo cual se exceptúa a los pliegos respectivos, de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, al amparo de lo antes señalado, con el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 110-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 hasta por la suma de S/ 106 059 913,00 (CIENTO SEIS MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para el financiamiento de las intervenciones contenidas en los productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer;

Que, asimismo, en el numeral 3.1 del artículo 3 de citado Decreto Supremo, se dispone que, en el marco de la implementación de los productos y servicios financiados con la Transferencia de Partidas autorizada en el Decreto Supremo; el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba, mediante Resolución Ministerial y en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la vigencia de dicho Decreto Supremo, los compromisos establecidos según la “Matriz de Compromisos”, elaborada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para tales fines;

Que, en el numeral 3.2 del mismo artículo, se señala que para asegurar los resultados de desempeño del Programa Presupuestal orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, durante el presente Año Fiscal, los sectores que ejercen la rectoría de los respectivos productos y servicios podrán adaptar dichas intervenciones de manera coordinada con la Dirección General contra la Violencia de Genero del Viceministerio de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante Nota N° D000255-2020-MIMP-DGCVG, la Dirección General contra la Violencia de Género remite el Informe N° D000200-2020-MIMP-DPLV de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia que sustenta la aprobación de la Matriz de Compromisos, en el marco de lo estipulado en el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 110-2020-EF, que adjunta y como anexo forma parte integrante de la presente resolución; indicando que la misma se ha elaborado, consultado y sometido a validación final por parte de las 7 instituciones rectoras responsables de la implementación de los 11 servicios de los 6 productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer para el Año 2020;

Que, con Memorándums N°s. D000351-2020-MIMP-OGPP y D000356-2020-MIMP-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000207-2020-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, así como el Informe
N° D000069-2020-MIMP-OP y la Nota N° D00020-2020-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, mediante los cuales se emite opinión favorable respecto a la aprobación de la Matriz de Compromisos, elaborada en cumplimiento del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 110-2020-EF, indicando que la misma contiene un conjunto de metas que se alinean al Plan Estratégico Sectorial Multianual, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional, que permite la implementación del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, a través de los productos y servicios establecidos;

Que, mediante Informe N° D000095-2020-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 110-2020-EF;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General contra la Violencia de Género, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 110-2020-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Matriz de Compromisos, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la Dirección General contra la Violencia de Género, en el ámbito de sus competencias, efectúe el seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de la Matriz de Compromisos, aprobada por la presente Resolución, en coordinación con la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, debiendo informar periódicamente a la Comisión Multisectorial de Alto Nivel constituida mediante Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, como Secretaría Técnica de dicha Comisión.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

ANEXO

MATRIZ DE COMPROMISO

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