Aprueban el Cuadro que contiene el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 083-2020-MINEDU
Lima, 14 de febrero de 2020
Visto, el expediente Nº UPP2020-INT-0009924, el Memorándum Nº 00097-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00086-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deberán ser autorizados mediante resolución del Ministerio de Educación que establezca los eventos a realizarse durante el 2020, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento;
Que, asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios;
Que, mediante los Memorandos Nº 00043-2020-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, Nº 00044-2020-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, Nº 00045-2020-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, Nº 00015-2020-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, Nº 00031-2020-MINEDU/VMGI-DIGC y los Oficios Nº 00053-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, Nº 00003-2020-MINEDU/VMGP-DITE, Nº 00027-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, Nº 00038-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR, Nº 00043-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR, Nº 00017-2020-MINEDU/DM-SENAJU y Nº 00019-2020-MINEDU/DM-SENAJU; la Dirección de General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB), la Dirección General de Calidad de Gestión Escolar (DIGC), la Dirección de Educación Secundaria (DES), la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE), la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR) y la Secretaría Nacional de la Juventud (SENAJU), respectivamente, remiten a la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, según su ámbito de competencia, el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Ministerio de Educación durante el año 2020, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 00086-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, manifiesta que la documentación mencionada en el considerando precedente, ha sido revisada, advirtiéndose que la misma guarda correspondencia con los planes operativos de las Direcciones y Oficinas proponentes y con el presupuesto institucional asignado para dicho financiamiento, el mismo que se ha determinado de acuerdo a los montos propuestos por los órganos que se indican en el considerando precedente, en el marco de las disposiciones respecto del otorgamiento de viáticos por viajes en comisión de servicios a nivel nacional aprobados por Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, concluyendo que resulta necesario aprobar el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2020, así como la condición y cantidad de sus participantes, para efectos de proceder con el financiamiento autorizado por el segundo párrafo de la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Cuadro que contiene el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2020, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF.
La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y transparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondiente.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación
1856047-1