Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 11-2020-MDB
Breña, 8 de enero de 2020
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA
VISTO:
El informe Nº 794-2019-SGJECD-GDH/MDB de fecha 23 de diciembre de 2019, de la Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte; Memorando Nº 1904-2019-GDH/MDB de fecha 26 de diciembre de 2019, de la Gerencia de Desarrollo Humano; El informe Nº 1190-2019-GPPROPMICI/MDB de fecha 31 de diciembre de 2019, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional y el Informe Nº 006-2020-GAJ-MDB de fecha 06 de enero de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre Aprobación de la Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE).
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política en sus artículos 74º y 194º reconoce que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el artículo 43 numeral 43.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 173-2015-MDB de fecha 15 de junio de 2015, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos – (TUSNE) mediante el cual se ofrecía al administrado 16 servicios no exclusivos; siendo esta modificada posteriormente con Resolución de Alcaldía Nº 122-2016-MDB de fecha 28 de abril 2016 y Resolución de Alcaldía Nº 581-2017-MDB de fecha 14 de agosto de 2017; dicha modificación comprendía la actualización del valor de la UIT, efectuándose la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables, como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo calor de la UIT de los años 2016 y 2017 respectivamente.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 150-2018-MDB de fecha 26 de febrero de 2018, se modifica el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña y se deja sin efecto toda Resolución que se oponga a la misma, dicha modificación correspondía a la ampliación de los servicios administrados por la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, y se implementan los nuevos servicios a cargo de la Subgerencia de Obras Privadas; en ese mismo año, con Resolución de Alcaldía Nº 837-2018-MDB- de fecha 29 de noviembre de 2018, se modifica el precio del uso de la piscina municipal, propuesto por la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deportes.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 620-2019-MDB de fecha 31 de Julio de 2019, se modifica el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña, dicha modificación comprendía la actualización de precios de los servicios no exclusivos brindados por nuestra entidad.
Que, mediante Memorando Nº 1904-2019-GDH/MDB de fecha 26 de diciembre de 2019, la Gerencia de Desarrollo Humano hace suyo el informe Nº 794-2019-SGJECD-GDH/MDB de fecha 23 de diciembre de 2019, mediante el cual la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte sustenta la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Breña, correspondiente a los servicios que esta unidad orgánica administra, actualizando los derechos de pago e incorporando nuevos servicios a los talleres deportivos y recreativos brindados por dicha subgerencia.
Que, mediante Memorando Nº 1190-2019-MPL-GPPROPMICI/MDB la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización OPMI y Cooperación Interinstitucional opina de manera favorable señalando que, dicho aumento en los precios de los servicios propuestos corresponden a precios de mercado, que representan a los precios sociales del servicio, los mismos que reflejan el verdadero costo que significaría para nuestro vecino, y su rendimiento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo. Asimismo, indica que la inclusión de los nuevos servicios propuestos permite a la Municipalidad cumplir con la responsabilidad de normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de manera permanente, en la niñez, la juventud y el vecindario en general, para el logro de su bienestar físico y su desarrollo integral mejorando su calidad de vida.
Que mediante Informe Nº 006-2020-GAJ-MDB de fecha 06 de enero de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable por la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Breña, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 620-2019-MDB de fecha 31 de julio de 2019.
Estando a lo expuesto, y de conformidad con los artículos 20º numeral 6); 39º y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña, correspondiente a los servicios que administra la Gerencia de Desarrollo Humano mediante la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como del Anexo que contiene.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la presente disposición municipal, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSE DALTON LI BRAVO
Alcalde
anexo
TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA
Nº |
DENOMINACIÓN DEL SERVICIO |
REQUISITOS |
PRECIO S/ |
|
GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO |
|
|||
SUBGERENCIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL |
|
|
|
|
1 |
Talleres para el adulto mayor y personas |
1 |
Exhibir DNI del participante |
|
con discapacidad |
2 |
Dos (02) fotográfias tamaño carnet |
Gratuito |
|
(Por campaña municipal) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Informes: |
|
|
|
|
Av. General Vidal Nº 619 - Breña |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
SUBGERENCIA DE JUVENTUD, EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
|
|||
1 |
Talleres deportivos y recreativos |
1 |
Exhibir DNI del participante o carnet de extranjeria |
|
|
2 |
Llenar ficha única - Disponibilidad gratuita |
|
|
|
3 |
Pago mensual por servicio correspondiente |
|
|
? Emprendimiento para jovenes |
|
|
10.00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
? Futbol para varones |
|
|
50.00 |
|
? Futbol para mujeres |
|
|
|
|
? Vóley femenino |
|
|
|
|
? Vóley masculino |
|
|
|
|
? Taekwondo |
|
|
|
|
? Fútsal |
|
|
|
|
? Boxeo |
|
Nota: |
|
|
? Ajedrez |
|
a) Por la inscripción a cualquier curso se hace acreedor al curso gratuito de Basquet |
|
|
? Coaching para niños |
|
(solo en epoca de verano) |
|
|
? Dibujo |
|
b) La atención de los alumnos en cada servicio es por edades y horarios |
|
|
? Teatro |
|
diferenciados |
|
|
? Ballet |
|
c) Algunos cursos se dictaran solo por temporada de verano |
|
|
? Danza |
|
|
|
|
? Ajedrez |
|
|
|
|
? Oratoria y Liderazgo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Informes: |
|
|
|
|
Av. General Vidal Nº 619 - Breña |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
Academia de natación |
1 |
Dos (02) fotográfias tamaño carnet |
|
|
2 |
Exhibir DNI del participante |
|
|
|
3 |
Pago mensual por servicio correspondiente |
|
|
|
|
? Martes a Sábado (De 8:00 a 13:00 horas) |
|
|
|
|
a) Público en general |
100.00 |
|
Informes: |
|
b) Vecino del distrito de Breña |
70.00 |
|
Av. General Vidal Nº 619 - Breña |
|
c) Vecino Puntual del distrito de Breña |
50.00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Nota: |
|
|
|
|
a) Se dearrollara solo por temporada de verano |
|
|
|
|
b) Se dictarán 2 clases de 45 min (horas pedagógicas) cada semana |
|
|
|
|
|
|
|
3 |
Alquiler de losa deportiva de concreto |
1 |
Los vecinos exhibiran DNI del participante |
|
|
2 |
Las Instituciones Educativas exhibiran documento que acredite domicilio |
|
|
|
3 |
Pago por servicio correspondiente |
|
|
|
|
? Vecinos e Instituciones Educativas del distrito (Por hora) |
|
|
|
|
a) De 8:00 a 18:00 horas |
15.00 |
|
|
|
b) De 18:00 a 23:00 horas |
25.00 |
|
Informes: |
|
? Usuarios e Instituciones No Educativas en general (Por hora) |
|
|
Av. General Vidal Nº 647 - Breña |
|
c) De 8:00 a 18:00 horas |
20.00 |
|
Jiron Morona |
|
d) De 18:00 a 23:00 horas |
30.00 |
|
|
|
? Uso de instalaciones para Actividades Corporativas (Por hora) |
|
|
|
|
e) De 8:00 a 23:00 horas |
50.00 |
|
4 |
Alquiler de piscina municipal |
1 |
Pago por servicio correspondiente (Por hora) |
|
|
|
? Martes a Sábado (De 13:00 a 23:00 hrs) |
|
|
|
|
a) Público general |
10.00 |
|
|
|
b) Vecino con DNI del distrito de Breña |
8.00 |
|
|
|
c) Vecino Adulto Mayor con DNI del distrito de Breña (60 años a más) |
5.00 |
|
|
|
d) Personas con discapacidad |
3.00 |
|
Informes: |
|
e) Niños y niñas residentes de Breña (Hasta 9 años) |
5.00 |
|
Av. General Vidal Nº 647 - Breña |
|
f) Niños y niñas residentes de otros distritos (Hasta 9 años) |
6.00 |
|
|
|
? Domingo (De 08:00 a 23:00 horas) |
|
|
|
|
g) Público general |
15.00 |
|
|
|
h) Vecino con DNI del distrito de Breña |
10.00 |
|
|
|
i) Vecino Puntual del distrito de Breña |
8.00 |
|
|
|
|
|
1855784-1