Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a favor de la Contraloría General de la República, destinada a contratación de sociedad de auditoría externa
Universidad Nacional
Jorge Basadre Grohmann – Tacna
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 6869-2020-UN/JBG
Tacna, 21 de enero de 2020
VISTOS:
El Oficio Nº 047-2020-DIGA/UNJBG, Proveídos Nº 397-2020-REDO y Nº 146-2020-SEGE, Informe Nº 002-2020-UCT/DIGA, Oficio Nº 082-2020-OPEP/UNJBG, Oficio Nº 029-2020-DIGA/UNJBG, Oficio Nº 005-2020-UCT-DIGA/UNJBG, Oficio Nº 001182-2019-CG/SGE, remitidos para autorizar la transferencia financiera del Pliego 531 U.N. Jorge Basadre Grohmann a favor del Pliego 019: Contraloría General;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020, a través de la Resolución Rectoral Nº 6766-2019-UN/JBG, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 531 U.N. JORGE BASADRE GROHMANN;
Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG-CG publicado en el diario Oficial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, universidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que previo concurso público de méritos sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que mediante el Oficio Nº 001182-2019-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la Republica comunica que, conforme a la legislación invocada, le corresponde a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann transferir el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya transferencia financiera se debe efectuar a mas tardar en el mes de enero de 2020;
Que, el Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Oficio Nº 082-2020-OPEP/UNJBG, a través del cual comunica la existencia de los recursos solicitados para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el concepto de retribución económica para la contratación de Sociedad de Auditoria que va a realizar auditoria corresponde al periodo 2019, con afectación a los Recursos Ordinarios por S/ 30 998,00 soles y a los Recursos Directamente Recaudados por S/ 30 998,00 soles, en el clasificador 2.3.2.7.11.99;
Que, en atención a las consideraciones expuestas el Titular del Pliego dispone la emisión del acto resolutivo correspondiente para los fines a que diere lugar;
Que, mediante Resolución Rectoral Nº 6848-2020-UN/JBG, se encarga en forma interina el Rectorado de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna, al Vicerrector Académico, Dr. Jorge Luis Lozano Cervera, durante el periodo del 21 al 29 de enero de 2020, con todas las atribuciones que le otorga la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y el Estatuto. Todo ello en cumplimiento del Art. 152º del Estatuto de la UNJBG;
De conformidad con el Art. 62º numeral 62.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Art. 153º inc. d) del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann – Tacna y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 531: Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinados a financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría externa que se encargará de auditar el periodo 2019, de acuerdo a la siguiente información presupuestal:
Secuencia Funcional : 0037- Orientación, Coordinación Desarrollo Política Institucional y Act. Univ.
Centro de Costos : 0301- Recordado
Actividad Operativa : AOI00010900304-531 - Administración Permanente - REDO
Clasificador : 2.3.2.7.11.99
Fte. Financiamiento : 00-RO
Monto : S/ 30 998,00
Fte. Financiamiento : 09-RDR (50 % DIAD y 50 % CEPU)
Monto : S/ 30 998,00
Artículo Segundo.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo precedente, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Tercero.- La Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JORGE LUIS LOZANO CERVERA
Rector (i)
1855375-1