Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de suboficiales de la Policía Nacional del Perú a Argentina en comisión de servicios

Autorizan viaje de suboficiales de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 154-2020-IN

Lima, 14 de febrero de 2020

VISTOS, el Oficio Nº 220-2020-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 0000252-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 210-2019-JUS de fecha 19 de setiembre de 2019, el Estado Peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Víctor Junior Cáceres Villalón formulada por la Segunda Sala Penal Especializada para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Lourdes Tomás Gutiérrez y Robie Sanez Cárdenas y dispone su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;

Que, a través de correo electrónico con referencia al Ex 16.944/19/U.D.I./G.9/VF de fecha 31 de enero de 2020, la Oficina Central Nacional INTERPOL Buenos Aires, propone a la Oficina Central Nacional INTERPOL LIMA ejecutar la entrega del extraditable Víctor Junior Cáceres Villalón entre los días 17 y 20 de febrero de 2020, precisando que los registros de extradición del extraditable en mención vencerían el 22 de febrero de 2020, quien se encontraría cumpliendo detención domiciliaria en el barrio La Boca de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, con Oficio Nº 1487-2020-SDGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 03 de febrero de 2020, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima comunica la designación del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Oscar Ruiz Torres y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, como encargados de la ejecución de la extradición del ciudadano peruano Víctor Junior Cáceres Villalón;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 040-2020-COMGEN-DIRASINT-DIVABI de fecha 06 de febrero de 2020, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Oscar Ruiz Torres y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, propuestos por la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima, para que ejecuten la extradición antes citada, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, del 16 al 20 de febrero de 2020;

Que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú la ejecución de la citada extradición, considerando que la lucha contra el delito es un objetivo vital de la comunidad de naciones y constituye un elemento trascendental de la política exterior de los estados, asimismo se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo señala el Oficio Nº 494-2020-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme lo precisa el Oficio Nº 1487-2020-SDGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)”;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)”;

Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Oscar Ruiz Torres y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, del 16 al 20 de febrero de 2020, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Personas Total US$

Viáticos 370,00 X 4 X 2 = 2 960,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MORÁN SOTO

Ministro del Interior

1855983-1