Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0053-2020-JNE
Expediente Nº JNE.2020007717
RAPAYÁN - HUARI - ÁNCASH
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO
PROCLAMADO
Lima, cuatro de febrero de dos mil veinte.
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por el teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash, debido a que se declaró la vacancia del alcalde Wilder Juan Rivera Garrido, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
En la Sesión Extraordinaria Nº 001-2020-MDR/A, del 23 de enero de 2020, el Concejo Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash, declaró fundada la vacancia de Wilder Juan Rivera Garrido en el cargo de alcalde, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
En vista de ello, mediante Oficio Nº 006-2020-MDR/A, recibido el 30 de enero de 2020, el teniente alcalde de la citada comuna remitió el expediente de la referida vacancia y solicitó que se convoque al nuevo alcalde a fin de completar el Concejo Distrital de Rapayán.
CONSIDERANDOS
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de 2/3 del número legal de sus miembros.
2. Ahora bien, a través de la Resolución Nº 539-2013-JNE se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino también atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos donde se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos.
3. En este caso, el citado concejo edil, por unanimidad, declaró la vacancia del alcalde Wilder Juan Rivera Garrido, en la Sesión Extraordinaria Nº 001-2020-MDR/A, del 23 de enero de 2020, debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado por el acta de defunción, que obra a fojas 8, y el certificado de defunción general, que obra a fojas 10.
4. Consecuentemente, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al alcalde Wilder Juan Rivera Garrido y convocar al teniente alcalde que lo reemplazará en el cargo, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, que establece que, en caso de vacancia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
5. En ese sentido, en aplicación de lo dispuesto en dicho artículo 24, corresponde convocar al teniente alcalde, Rober Pepe Miranda Calderón, identificado con DNI Nº 42490938, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022; asimismo, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a María Luz Arellano Espinoza, identificada con DNI Nº 44754575, candidata no proclamada de la organización política Acción Popular, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Huari, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Wilder Juan Rivera Garrido como alcalde de la Municipalidad Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash, con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales de 2018.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Rober Pepe Miranda Calderón, identificado con DNI Nº 42490938, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo faculte como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a María Luz Arellano Espinoza, identificada con DNI Nº 44754575, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso
Secretaria General
1855647-4