Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución Jefatural

Nº 027-2020-BNP

Lima, 11 de febrero de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 000046-2020-BNP-GG-OA-EAF de fecha 03 de febrero de 2020, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000145-2020-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 06 de febrero de 2020, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000041-2020-BNP-GG-OA y el Memorando Nº 000269-2020-BNP-GG-OA, ambos de fecha 06 de febrero de 2020, de la Oficina de Administración; los Memorandos Nº 000157-2020-BNP-GG-OPP y Nº 000163-2020-BNP-GG-OPP, de fechas 06 y 07 de febrero de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000050-2020-BNP-GG-OAJ de fecha 10 de febrero de 2020, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Jefatural Nº 170-2019-BNP de fecha 24 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020 del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Asimismo, dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprobó el Tarifario que establece el monto que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría;

Que, a través del Oficio Nº 000961-2019-CG/SGE recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República comunicó a la Biblioteca Nacional del Perú que, a efectos de implementar las disposiciones de la normativa mencionada precedentemente, se realice una transferencia financiera del 50% por un monto total de S/ 51,491.25 (cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y uno con 25/100 soles) y se realice la previsión correspondiente para la segunda transferencia con cargo al presupuesto institucional del 2020, por el otro 50%;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 160-2019-BNP publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de diciembre de 2019, se autorizó la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 51,491.25 (cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y uno con 25/100 soles);

Que, por medio de los Informes Nº 000041-2020-BNP-GG-OA y Nº 000046-2020-BNP-GG-OA-EAF, la Oficina de Administración y su Equipo de Trabajo de Administración Financiera informaron que corresponde efectuar la segunda transferencia programada para el presente ejercicio presupuestal por el importe de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, correspondiente al 50%, cuya transferencia financiera debe efectuarse en el año 2020;

Que, a través de los Memorandos Nº 000157-2020-BNP-GG-OPP y Nº 000163-2020-BNP-GG-OPP e Informe Técnico Nº 000007-2020-BNP-GG-OPP-EPCI, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Presupuesto y Cooperación Internacional, emitieron opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, emitiendo la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000271, por el monto de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles) en la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú en la meta presupuestaria Nº 0004 por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Con el visado de la Oficina de la Oficina de Administración; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina de Asesoría Jurídica; del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; y, del Equipo de Trabajo de Presupuesto y Cooperación Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y, demás normas pertinentes;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles), en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú – Administración General, Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta: 004, específicas del gasto 2. 4. 1 3. 1 1 “Otras unidades del gobierno nacional”.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a la Contraloría General de la República.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución en el portal institucional (www.bnp.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EZIO NEYRA MAGAGNA

Jefe Institucional

1855244-1