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Ordenanza que aprueba el Procedimiento de Planeamiento Integral con Fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación y Vías Primarias

Ordenanza que aprueba el Procedimiento de Planeamiento Integral con Fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación y Vías Primarias

ORDENANZA Nº 026-2019-MPC

Cañete, 11 de octubre de 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAÑETE

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de setiembre de 2019, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Dictamen favorable Nº 006-2019-CODUR-MPC del 04 de setiembre del 2019.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley;

Que, mediante Expediente Nº 003588-2018, de fecha 10 de abril del 2018 y formulario Único de Trámite FUT. Nº 001814 de fecha 12 de mayo del 2019 Los administrados, Sr. Ángel Fernando Tineo Romero identificado con DNI: 10206341 y Doña María Elena Loc Elsensohn identificado con DNI: 08457294 en calidad de propietarios, solicitan la Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XIII, Mz. K, Lote Nº11 del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima; que cuenta con un área igual a 5,223.50 m2. Inscrito en la Partida Electrónica P21001481 de la oficina Registral de Lima y Callao/oficina Cañete– Zona Registral Nº IX Sede Lima, siendo la zonificación propuesta por el administrado como I3;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento;

Que, el artículo 58º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), define al Planeamiento Integral (PI) como “un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zonificación y vías primarias con fines de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zonificación”;

Que, el numeral 61.3 del artículo 61º del RATDUS establece que “la propuesta final del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades”;

Que el numeral 55.5 del Artículo 55º del presente Reglamento establece que el plazo para la consulta del Planeamiento Integral es de cuarenta y cinco (45) días calendario, de acuerdo al procedimiento siguiente:

1. La Municipalidad Provincial exhibe la propuesta del PI en su local y en su página web, así como en los locales de las Municipalidades Distritales de su jurisdicción, durante treinta (30) días calendarios.

2. La Municipalidad Provincial dentro del citado plazo de treinta (30) días calendario, realiza exposiciones técnicas del contenido del PI, convocando a las Municipalidades Distritales involucradas y a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el PI; los que formulan sus observaciones, sugerencias y/o recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral.

3. El equipo técnico responsable de la elaboración del PI, en el término de quince (15) días calendario posteriores al plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral, evalúa, incluye o desestima, de ser el caso, las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones formuladas.

4. La propuesta final del PI y el Informe Técnico Legal es propuesto por la Gerencia Municipal Competente al Concejo Municipal Provincial correspondiente, para su aprobación mediante Ordenanza Provincial.

Que, el Artículo 62º del RATDUS, Vigencia del Planeamiento Integral (PI), establece que su horizonte de planeamiento es de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza;

Que, mediante Informe Nº 240-2018 AJB-SGOP-GODUR-MPC de fecha 16 de mayo de 2018, la Subgerencia de Obras Privadas, concluye que el expediente presentado por el administrado cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS) para la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través del procedimiento Planeamiento Integral, por lo que solicita:

1. Que se autorice el inicio de difusión de la propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete.

2. Que se comunique a la Municipalidad Distrital de Chilca, el inicio del procedimiento de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita una copia del Expediente Administrativo a través del Planeamiento Integral propuesto que dirigen la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas en el Plan Urbano del distrito, con la finalidad de que se inicie el procedimiento administrativo solicitado.

3. Que se solicite a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la propuesta de aprobación de Planeamiento Integral solicitado por el administrado en el distrito de Chilca, en los paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete.

4. Que se solicite a la Oficina de Relaciones Públicas de la Municipalidad Provincial de Cañete la publicación de la propuesta de aprobación del Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Cañete.

5. Coordinar con el administrado sobre la Audiencia Pública a realizar la Exposición del Planeamiento Integral solicitado por el administrado.

Que, mediante Informe Legal Nº 55-2018-VALA-ASE-GODUR-MPC de fecha 30 de Mayo de 2018, la Asesoría Legal de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye, considera y recomienda la Factibilidad dar inicio al procedimiento sobre la propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XII, Mz. K, Lote Nº11, jurisdicción del distrito de Chilca, provincia de Cañete, Región Lima, inscrito en la Partida Electrónica P21001481 de la oficina Registral de Lima y Callao/oficina Cañete– Zona Registral Nº IX Sede Lima; siendo la zonificación propuesta de Zona Eriazo No Programado (ENP) a INDUSTRIA LIVIANA (I-3), para su ulterior deliberación y determinación por el Concejo Municipal;

Que, mediante Informe Nº 103-DYCH-SGOP-2019 de fecha 07 de marzo de 2019 y con Informe Nº 0395-DYCH-SGOP-2019 de fecha 02 de julio de 2019, el Sub Gerente de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC)analiza y eleva el documento con la finalidad de concluir el trámite administrativo y estando resuelto el proveído emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica en base a los nuevos elementos adjuntos al expediente otorga la procedencia señalando que es favorable el planeamiento integral;

Que, mediante Informe Nº 0498-2019-MFPR-GODUR-MPC de fecha 30 de Abril del 2019 e Informe Nº 0887-2019-MFRP-GODUR-MPCcon fecha de recepción 05 de julio de 2019, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, informa que a través del Informe Nº 0395-DYCH-SGOP-2019, el Sub Gerente de Obras Privadas, luego de la verificación de los documentos presentados por los administrados, otorga la procedencia de la propuesta de planeamiento integral de acuerdo a las normas técnicas establecidas en el D.S. Nº 022-2016-VIVIENDA y con los nuevos elementos adjuntos al presente, se eleva así las observaciones señaladas en el proveído Nº 197-2019-GAJ-MPC, el mismo que se otorga la procedencia de lo solicitado, indicando que se emita el mismo informe correspondiente y posteriormente elevarlo a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la MPC;

Que, mediante Informe Legal Nº 373-2019-GAJ-MPC de fecha 24 de julio de 2019, el Abg. Riquelmer Amarildo Sandoval Peves – Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, sugiere: 1) Que, es factible elevar al Pleno de Concejo para deliberar y determinar la aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zonificación para el predio de propiedad de los señores Ángel Fernando Tineo Romero y María Elena Loc Elsensohn, inscrito en la Partida Electrónica Nº P21001481 de la Oficina Registral de Lima y Callao/Oficina Cañete– Zona Registral Nº IX Sede Lima, ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XIII, Mz. K, Lote Nº11 del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima; que cuenta con un área igual a 5,223.50 m2. Jurisdicción del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, sugiriendo tomar en cuenta las recomendaciones estimadas en el numeral III del informe legal;

Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, contando con el voto MAYORITARIO; del Pleno de Concejo; se aprobó la siguiente Ordenanza;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL

PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO

INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y VIAS PRIMARIAS

Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca, a través del procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por el Sr. Ángel Fernando Tineo Romero identificado con DNI: 10206341 y Doña María Elena Loc Elsensohn identificado con DNI: 08457294 en calidad de propietarios, solicitan la Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XIII, Mz. K, Lote Nº 11 del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima; que cuenta con un área igual a 5,223.50 m2. inscrito en la Partida Electrónica P21001481 de la Oficina Registral de Lima y Callao/Oficina Cañete – Zona Registral Nº IX Sede Lima, cuyos parámetros normativos son los que se indican a continuación:

ZONIFICACIÓN: INDUSTRIA LIVIANA I-3

ZONIFICACIÓN PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL

ACTIVIDAD

LOTE MÍNIMO EN (M2)

FRENTE MÍNIMO EN (M2)

ALTURA DE EDIFICACIÓN

COEFICIENTE DE EDIFICACIÓN

USO

MOLESTIA Y CIERTO GRADO DE PELIGROSIDAD

2,500.00

30.00 ml. mínimo

SEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANA

SEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANA

SEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANA

VIA PRINCIPAL: de conexión primaria que conecta a la zona Urbana, Av. Las Palmeras (Primera Avenida) con un Ancho (sección) de 30.00 m.

Que, de acuerdo a la calidad mínima de obras de Habilitación Urbana los proyectos industriales I-3 lo comprende Tipo B o superior con las siguientes características:

TIPO

CALZADA/ PISTA

ACERAS

(VEREDAS)

AGUA

POTABLE

DESAGUE

ENERGIA

ELECTRICA

TELEFONO

A

CONCRETO

CONCRETO

SIMPLE

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

PUBLICA Y DOMICILIARIA

PUBLICO

DOMICILIARIA

B

ASFALTO

CONCRETO SIMPLE

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

PUBLICA Y DOMICILIARIA

PUBLICO

DOMICILIARIA

C

ASFALTO

ASFALTO C/ SARDINEL

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

PUBLICA Y DOMICILIARIA

PUBLICO

D

SUELO ESTABILIZADO

SUELO ESTABILIZ. CON SARDINEL

SUELO ESTABIL. CON SARDINEL

CONEXIÓN

DOMICILIARIA

PUBLICA Y DOMICILIARIA

PUBLICO

Artículo 2º.- PRECISAR que los Planos de Propuesta del Planeamiento Integral y Asignación de Zonificación (Lámina P-03) y la Memoria Justificativa de la Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, Lámina U de Localización y ubicación, Plano de Usos de Suelo y el Plano de Propuesta de zonificación, Plano de Planeamiento Integral o vial firmado por el Arq. Guillermo C. Cabrera Morales con registro CAP. 1729, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de planeamiento Integral y Asignación de Zonificación los planos mencionados al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

Artículo 4º.- PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA.

Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como, notificar al administrado y a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fines pertinentes, además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de esta Corporación Municipal la publicación de la misma en el portal de la entidad: www.municanete.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ

Alcalde Provincial

1854464-1