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Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros S.A.A. y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros S.A. el traslado de agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Lambayeque

Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros S.A.A. y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros S.A. el traslado de agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Lambayeque

RESOLUCIÓN SBS N° 0432-2020

Lima, 28 de enero de 2020

EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE

INSTITUCIONES DE SEGUROS

VISTAS:

Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A.A. y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se les autorice el traslado de la agencia de uso compartido ubicada actualmente en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 368 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 457 y 463 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 3335-2012 de fecha 06 de junio de 2012, se autorizó a ambas compañías el uso del local compartido de una agencia ubicada en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 301, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, mediante Resolución SBS N° 761-2017 de fecha 22 de febrero de 2017, se autorizó a ambas compañías el traslado de una agencia de uso compartido a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 110, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, mediante Resolución SBS N° 3558-2019 de fecha 09 de agosto de 2019, se autorizó a ambas compañías el traslado de una agencia de uso compartido a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 368 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, en aplicación de los artículos 3° 4° y 7° del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015, y el Procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de una (01) agencia de uso compartido;

Con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros “A” y “B” y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, y en la Resolución SBS Nº 4797-2015;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A.A. y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., el traslado de la agencia de uso compartido ubicada actualmente en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 368 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 457 y 463 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ERNESTO BERNALES MEAVE

Intendente General de Supervisión de

Instituciones de Seguros

1854970-1