Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0151-2020 DE/MGP

Lima, 10 de febrero de 2020

Visto, el Oficio Nº 0586/51 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 3 de febrero del 2020;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos;

Que, con Resolución Ministerial Nº 521-2018-DE/MGP, de fecha 20 de abril del 2018, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío CJ David Eduardo HIDALGO Valdivia, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, para que asuma la Defensa Jurídica del Estado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, sobre la demanda laboral interpuesta por la señora Peggy Maureen BOYLE Yrigoyen, relativa al pago de beneficios laborales;

Que, en relación al referido viaje en Comisión de Servicio, mediante Oficio N° 011/76 de fecha 7 de enero del 2020, el Procurador Público de la Marina hace de conocimiento que el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú a la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Urugual informa que el referido juzgado autorizó la prórroga del plazo para la audiencia de conciliación, la cual se llevará a cabo el día 18 de febrero del 2020;

Que, con Oficio Nº 269/51, de fecha 31 de enero del 2020, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Capitán de Navío CJ David Eduardo HIDALGO Valdivia, para participar en la continuación de la audiencia programada para el día 18 de febrero del 2020 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, para lo cual deberá encontrarse del 17 al 19 de febrero del 2020, con la finalidad de ejercer la Defensa Legal, efectuar coordinaciones previas y estrategias legales que conlleven a la defensa jurídica de la Marina de Guerra del Perú;

Que, de acuerdo con el Documento Nº 030-2020 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío CJ David Eduardo HIDALGO Valdivia, CIP. 02967431, DNI. 29528743, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 17 al 19 de febrero del 2020, para que asuma la Defensa Jurídica del Estado, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, sobre la demanda laboral interpuesta por la señora Peggy Maureen BOYLE Yrigoyen, relativa al pago de beneficios laborales y participar en la audiencia en dicho Juzgado el 18 de febrero del 2020; así como, autorizar su salida del país el 16 y su retorno el 20 de febrero del 2020.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima – Buenos Aires (República

Argentina) - Lima

US$. 1,500.00 US$. 1,500.00

Viáticos:

US$. 370.00 x 3 días US$. 1,110.00

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TOTAL A PAGAR: US$. 2,610.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER MARTOS RUIZ

Ministro de Defensa

1854766-1