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Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General para la contratación de sociedad auditora

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para la contratación de sociedad auditora

Resolución de Presidencia Ejecutiva

N° 012-2020-DV-PE

Lima, 11 de febrero de 2020

VISTOS:

El Memorando N° 000029-2020-DV-OGA de la Oficina General de Administración y el Informe N° 000013-2020-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 196-2019-DV-PE, de fecha 31 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian correspondientes al año fiscal 2020, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividades Empresariales del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en tal sentido, con el Oficio N° 00953-2019-CGA/SGE recibido el 06 de noviembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA deberá transferir en el año 2019 el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019 y un deposito en la cuenta corriente del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría. Asimismo, se indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya trasferencia financiera debe de efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020;

Que, el proceso de contratación de la Sociedad Auditora para el Examen de los Estados Financieros 2019-2020, se encuentra comprendido dentro de los alcances del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, cuyo numeral 4.15 señala que en los procedimientos de selección cuya convocatoria se realice dentro del último trimestre de un año fiscal, y el otorgamiento de la buena pro y suscripción del contrato se realice en el siguiente año fiscal, el responsable de la administración de presupuesto de la Unidad Ejecutora y la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, otorga de forma previa a la convocatoria del procedimiento de selección, la previsión presupuestaria respecto a los recursos correspondientes al valor referencial o valor estimado de dicha convocatoria;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 177-2019-DV-PE de fecha 13 y 27 de noviembre del 2019 respectivamente, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Que, mediante Memorando N° 000029-2020-DV-OGA de fecha 30 de enero del 2020, la Oficina General de Administración, sustenta y solicita la realización de una transferencia financiera con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) correspondiente al 50% de retribución económica del periodo por auditar 2019;

Que, mediante Informe N° 000013-2020-DV-OPP-UPTO de fecha 06 de febrero del 2020, la Unidad de Presupuesto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General para realizar el pago de la retribución económica correspondiente al saldo del 50% (incluyendo IGV) por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente al periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Asimismo, señala que ha emitido y suscrito la Certificación de Crédito Presupuestario N° - Nota N° 0000000134 por el importe de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) que garantiza la existencia de créditos presupuestales disponibles y libres de afectación para financiar la transferencia financiera en mención con cargo al presupuesto del Años Fiscal 2020;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 196-2019-DV-PE.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo del 50% del periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -RO, Meta 0052, Actividad 01- OGA - Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras Unidades del Gobierno Nacional” por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles).”

Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan.

Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, (www.devida.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

RUBÉN VARGAS CÉSPEDES

Presidente Ejecutivo

1854533-1