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Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Democrática de Timor-Leste

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Democrática de Timor-Leste

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 030-2020-RE

Lima, 11 de febrero de 2020

VISTA:

La Resolución Suprema Nº 107-2017-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Arturo Cárdenas Velarde;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota Verbal Nº NV/ 05/DGAB-DAC/I/2020, de 23 de enero de 2020, el Ministerio de Relaciones y Cooperación de la República Democrática de Timor-Leste, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Arturo Cárdenas Velarde, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Democrática de Timor-Leste, con residencia en Yakarta, República de Indonesia;

De conformidad con el artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Arturo Cárdenas Velarde, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Democrática de Timor-Leste, con residencia en Yakarta, República de Indonesia.

Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1854773-3