Fijan compensación mensual de Alcalde y ratifican el artículo primero del Acuerdo de Concejo N° 001-2019-MDLP, con respecto al monto de dieta de regidores del Concejo Municipal para el período 2019-2022
Acuerdo de Concejo
Nº 007-2020-MDLP
La Perla, 28 de enero de 2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA PERLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Enero de 2020 en su respectiva Orden del Día, sobre la Aprobación de Ejecutar el “DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA DETERMINAR LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA PARA LOS ALCALDES DISTRITALES Y PROVINCIALES EN EL MARCO DE LA LEY Nº 30057 – LEY DE SERVICIO CIVIL”, presentado por el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 y el artículo II del Título Preliminar de La Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el inciso 28 establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores;
Que, el artículo 21º de la referida Ley, establece que el alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. Asimismo, señala que el acuerdo que la fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 413-2019- EF publicado con fecha 30 de diciembre de 2019, se aprueban disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobándose los montos de la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales, comprendidos en el literal a) del artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2019-MDLP de fecha 04 de enero de 2019, se fijó como ingreso mensual del Alcalde de la Municipalidad de Distrital de La Perla el monto de S/. 5,850.00 (cinco mil ochocientos cincuenta con 00/100 soles) el monto de remuneración mensual del Alcalde Distrital de La Perla a partir del 1º de enero del 2019;
Que, mediante Informe Nº 007-2020-GAJ-MDLP de fecha 02 de enero de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa, que mediante Decreto Supremo Nº 413-2019-EF el gobierno ha estimado necesario aprobar las disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales, los cuales se detallan en el anexo del citado decreto supremo, estableciéndose que para los acaldes distritales que se encuentren en el Rango III, que tengan una población electoral mínima de 50,001 y máxima de 100,000 electores (como es el caso de este distrito), la compensación económica mensual del alcalde asciende a S/ 9,100.00 (nueve mil cien con 00/100 soles), por lo que recomienda se deje sin efecto el artículo primero del Acuerdo de Concejo Nº 001-2020-MDLP, y se fije la compensación del Alcalde a partir del 01 de enero de 2020, de acuerdo a lo que expone;
Que, mediante Informe Nº 007-2020-SGRH-GAF-MDLP de fecha 02 de enero de 2020, la Subgerencia de Recursos Humanos remite la proyección de gastos de la planilla de Alcaldía para el presente ejercicio;
Que, mediante Memorándum Nº 003-2020-GPP/MDLP de fecha 02 de enero de 2020, la Gerencia de Planificación y Presupuesto de acuerdo al artículo 4. Sobre el financiamiento con cargo al presupuesto institucional de entidad, por lo que a fin de cumplir lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, se realizaran las modificaciones en el nivel programático de la partida genérica 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, contando con la previsión correspondiente, de acuerdo a los montos establecidos en la Proyección emitida por la Subgerencia de Recursos Humanos;
Que, mediante Informe Nº 008-2020-GAJ/MDLP de fecha 02 de enero de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye opinando procedente de que el Titular del Pliego de esta Entidad Edil, es decir el Alcalde, perciba una compensación económica mensual la cantidad de S/. 9,100.00 soles, siendo estas doce (12) compensaciones económicas, un (01) aguinaldo por Fiestas Patrias y un (01) aguinaldo por Navidad;
Que, en la Sesión de Concejo Municipal de la fecha, señalado en la respectiva Agenda de Orden del Día, sobre la Aprobación de Ejecutar el “DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA DETERMINAR LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA PARA LOS ALCALDES DISTRITALES Y PROVINCIALES EN EL MARCO DE LA LEY Nº 30057 – LEY DE SERVICIO CIVIL”, presentado por el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, fue sustentado por el Gerente de Asesoría Jurídica y puesto en debate al Pleno del Concejo;
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 26) DEL Artículo 9º Y Artículo 41º DE LA LEY Nº 27972 – LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL, CON LA DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28 DE ENERO DE 2020, EN SU RESPECTIVA AGENDA DE ORDEN DEL DÍA Y CON EL VOTO DE UNANIMIDAD DE LOS (AS) SEÑORES (AS) REGIDORES (AS);
ACUERDAN:
Artículo Primero.- FIJAR como compensación mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, la suma de S/. 9,100.00 (Nueve mil cien y 00/100 soles), a partir del 1º de enero del 2020, siendo estas doce (12) compensaciones económicas, un (01) aguinaldo por Fiestas Patrias y un (01) aguinaldo por Navidad.
Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto, del artículo primero del Acuerdo de Concejo Nº 001-2019-MDLP de fecha 04 de enero de 2019, con respecto al monto de remuneración mensual del Alcalde Distrital de La Perla.
Artículo Tercero.- RATIFICAR, del artículo primero del Acuerdo de Concejo Nº 001-2019-MDLP de fecha 04 de enero de 2019, con respecto al monto de dieta de los señores regidores del Concejo Municipal para el período 2019-2022, ello en mérito de la Primera Disposición Complementaria Final, sobre la Prohibición del monto de dietas para los Regidores, señalando que el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF no autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los Regidores.
Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a las áreas pertinentes, el cumplimiento del presente Acuerdo, publíquese en el día diario El Peruano el presente acuerdo de Concejo dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 21º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a SECRETARÍA GENERAL y a la SUBGERENCIA DE COMUNICACIONES su difusión, y a la SUB GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y en el Portal Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE
Alcalde
1853935-1