Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar contratación de sociedad de auditoría externa
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 019-2020-CONCYTEC-P
Lima, 7 de febrero de 2020
VISTOS: El Informe N° 17-2020-CONCYTEC-OGA-OF de la Encargada de Funciones de la Oficina de Finanzas; los Memorandos N° (s) 041 y 042-2020-CONCYTEC-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° 015-2020-CONCYTEC-OGPP-OPP y Proveído N° 49-2020-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 011-2020-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Proveído N° 082-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, y en la Ley Nº 30806, Ley que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y con Resolución de Presidencia N° 265-2019-CONCYTEC-P se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC);
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, por Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, publicada el 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. El referido Tarifario consideró para el Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, la suma de S/ 225,249.15 Soles por el periodo a auditar 2019 y 2020;
Que, con Resolución de Presidencia N° 219-2019-CONCYTEC-P de fecha 27 de noviembre de 2019, se autorizó la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, por el importe de S/ 53,587.50 Soles (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), encontrándose pendiente de transferencia el importe correspondiente al año 2020;
Que, mediante el Informe N° 017-2020-CONCYTEC-OGA-OF, la Encargada de Funciones de la Oficina de Finanzas, el mismo que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración a través de los Memorandos Nº (s) 041 y 042-2020-CONCYTEC-OGA, sustenta la realización de la segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 53,587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), para el Ejercicio Fiscal 2020, con el fin de contratar a la empresa de Sociedad Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al CONCYTEC, para lo cual solicita la Certificación de Crédito Presupuestario (en la UE 001 CONCYTEC) por S/ 18,755.70 Soles, y; (en la UE 002 FONDECYT) por S/ 34,831.80 Soles;
Que, por su parte, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto indica a través del Informe N° 015-2020-CONCYTEC-OGPP-OPP y el Proveído N° 49-2020-CONCYTEC-OGPP, con respecto a la transferencia solicitada y en el marco de sus competencias en materia presupuestaria, concluye que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el importe de S/ 53 587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), para la contratación de la sociedad de auditoria externa para el CONCYTEC, para lo cual ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 83 y Nº 110;
Que, mediante Informe N° 011-2020-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Proveído N° 082-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, considerando los informes de vistos, emite opinión legal favorable para la expedición de la Resolución de Presidencia que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
Con el visado de la Secretaria General (e); de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Jefa de la Oficina General de Administración; la Encargada de Funciones de la Oficina de Finanzas y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica en señal de conformidad, y;
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; el Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica por la suma de S/ 53 587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete Y 50/100 Soles), por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinados a financiar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizaría la auditoría correspondientes al ejercicio 2020, de acuerdo al detalle siguiente:
Unidad Ejecutora (UE) |
Importe a Transferir Año 2020 |
Unidad Ejecutora 001 CONCYTEC |
18,755.70 |
Unidad Ejecutora 002 FONDECYT |
34,831.80 |
Total |
53,587.50 |
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, de acuerdo al siguiente detalle:
Unidad Ejecutora : 001 Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica
Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales
Producto : 3.999999 Sin Producto
Actividad : 5.000003 Gestión Administrativa
Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios
Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes
Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias
Total U.E. 001: CONCYTEC S/ 18,755.70
Unidad Ejecutora : 002 Fondo Nacional de Desarrollo
Científico, Tecnológico y de Innovación
Tecnológica
Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales
Producto : 3.999999 Sin Producto
Actividad : 5.000003 Gestión Administrativa
Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios
Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes
Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias
Total U.E. 002: FONDECYT S/ 34,831.80
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MONTO TOTAL S/ 53 587.50
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Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Presentación de la Resolución
Remitir una copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, para que efectúe las acciones que le correspondan.
Artículo 5.- Publicación
Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC (www.concytec.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO
Presidenta
1854017-1