Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Crean el Comité del Portal SciELO Perú encargado de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas al Portal SciELO Perú así como proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica que permita fortalecer la colección SciELO Perú

Crean el “Comité del Portal SciELO Perú”, encargado de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas al Portal SciELO Perú, así como proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica, que permita fortalecer la colección SciELO Perú

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 018-2020-CONCYTEC-P

Lima, 7 de febrero de 2020

VISTOS: El Informe N° 219-2019-CONCYTEC-DEGC e Informe N° 108-2019-CONCYTEC-DEGC-VHGR de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, el Informe N° 002-2020-CONCYTEC-OGPP-OMGC y Proveído N° 012-2020-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 006-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 034-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía científica, técnica, económica, administrativa y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y en la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC;

Que, conforme al artículo 9 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el CONCYTEC es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT), que es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) en ciencia y tecnología y a su promoción, y según el artículo 2 del referido dispositivo legal se dispone que el desarrollo, promoción, consolidación, transferencia y difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, son de necesidad pública y de preferente interés nacional, como factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno;

Que, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC mediante los Informes N°s 219-2019-CONCYTEC-DEGC y 108-2019-CONCYTEC-DEGC-VHGR señala que con fecha 25 de marzo de 2004, se suscribió un Acuerdo de Colaboración para la implementación de SciELO del Perú entre el CONCYTEC, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Organización Panamericana de la Salud de la Organización Mundial de la Salud con el principal objetivo de unir esfuerzos para la implementación y desarrollo del Portal SciELO Perú, para lo cual propone la conformación de un Comité Consultivo que esté a cargo de la selección y evaluación de la publicaciones científicas a ser ingresadas en el mismo, cuya conformación no se instauró formalmente. A su vez, precisa que SciELO: Scientific Electronic Library Online (Biblioteca Científica Electrónica en Línea) es un modelo para la publicación electrónica cooperativa de revistas científicas en internet, el cual es gestionado por el CONCYTEC, a través de la Sub Dirección de Gestión de Información y Conocimiento de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento;

Que, además, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC mediante los Informes de Vistos, sustenta técnicamente la necesidad de crear un Comité del Portal SciELO Perú en el CONCYTEC, que se encargue de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas en dicho Portal, así como de proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica que permita fortalecer la colección SciELO Perú, toda vez, que se hace imprescindible la optimización de los procesos operativos de SciELO Perú, así como un análisis de los procedimientos para la admisión y permanencia de revistas científicas en la colección peruana. Por otra parte, precisa que el comité estará conformado por representantes de las revistas indizadas en el Portal SciELO Perú, y que la Secretaría Técnica del Comité recaerá en la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC;

Que, mediante Informe N° 002-2020-CONCYTEC-OGPP-OMGC, de la Coordinadora de la Oficina de Modernización y Gestión de la Calidad, que cuenta con la aprobación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Proveído N° 012-2020-CONCYTEC-OGPP concluye que la propuesta de conformación del Comité del Portal SciELO Perú se encuentra enmarcada en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; asimismo, determina que en su conformación no existe duplicidad de funciones, y no demandará gastos adicionales al presupuesto del CONCYTEC, encontrando viable la creación del mencionado Comité;

Que, mediante Informe N° 006-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 034- 2020-CONCYTEC-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que según los literales h) y k) del artículo 11 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el CONCYTEC tiene entre sus funciones: h) Promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país; y, k) Formular, aprobar y ejecutar programas especiales de ciencia, tecnología e innovación (CTI) orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de científicos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria, el uso de la vigilancia tecnológica y la prospectiva tecnológica, así como la promoción de la gestión y de los proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la CTI;

Que, asimismo, la referida Oficina agrega, que de acuerdo al artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento tiene entre sus funciones promover y regular la gestión de la información y conocimiento en materia de CTI, y conforme al artículo 49 del referido Reglamento, la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento tiene entre sus funciones la de promover, establecer y desarrollar una Red Nacional de Información Científica que permita la obtención de la información necesaria en CTI;

Que, además, dicha Oficina manifiesta, que según el artículo 29 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; los comités son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para tomar decisiones sobre materias específicas. Sus miembros actúan en representación del órgano o entidad a la cual representan y sus decisiones tienen efectos vinculantes para éstos, así como para terceros, de ser el caso. Los comités se disuelven automáticamente cumplido su objeto y periodo de vigencia, de ser el caso;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, precisa que de acuerdo a los artículos 106 y 107 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los órganos colegiados de las entidades pueden ser permanentes o temporales, incluidos aquellos en los que participen representantes de organizaciones gremiales, sociales o económicas no estatales, donde cada órgano está representado por un Presidente, a cargo de asegurar la regularidad de las deliberaciones y ejecutar sus acuerdos, y con un Secretario, a cargo de preparar la agenda, llevar, actualizar y conservar las actas de las sesiones, comunicar los acuerdos, otorgar copias y demás actos propios de la naturaleza del cargo. Asimismo, en ausencia justificada, pueden ser sustituidos con carácter provisional por los suplentes;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica refiere que en la Vigésima Política de Estado del Acuerdo Nacional “Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología”, se señala el compromiso de fortalecer la capacidad del país, a fin de generar y utilizar conocimientos científicos y tecnológicos, y que la Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobada por Decreto Supremo N° 015-2016-PCM, incluye la generación de información a través del uso de sistemas de información en CTI, por lo que la conformación de un Comité para el Portal SciELO Perú permitirá mejorar la administración del mismo, a través del cual se difunde el conocimiento científico, dando cumplimiento a las Políticas antes citadas, por tanto resulta legalmente viable la creación del Comité del Portal SciELO Perú, que tenga como objetivo aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas al Portal SciELO Perú, así como de proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica que permita fortalecer la colección SciELO Perú;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, del Sub Director de Gestión de la Información y Conocimiento, de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Créase el “Comité del Portal SciELO Perú”, encargado de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas al Portal SciELO Perú, así como proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica, que permita fortalecer la colección SciELO Perú, por los fundamentos técnicos y legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Conformación

2.1. El Comité del Portal SciELO Perú está conformado por los siguientes miembros:

a. El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC, quien lo presidirá.

b. Un/Una representante de la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC.

c. Un/Una representante de las revistas indizadas, por cada área temática, que se encuentran en el Portal SciELO Perú. Las áreas temáticas son las siguientes:

1. Ciencias Agrarias

2. Ciencias Biológicas

3. Ciencias de la Salud

4. Ciencias Exactas y de la Tierra

5. Ciencias Sociales Aplicadas

6. Humanidades

7. Ingenierías

8. Lingüística, Literatura y Artes

d. Tres profesionales con experiencia en gestión editorial de reconocido prestigio en diferentes áreas de conocimiento de las instituciones públicas y/o privadas: Dos serán expertos en gestión editorial y uno en bibliometría.

2.2. Los miembros del Comité ejercen su participación Ad Honorem.

2.3. Cada miembro del Comité del Portal SciELO Perú contará con un suplente.

Artículo 3.- Elección de representantes

3.1. Las revistas indizadas señaladas en el literal c) del artículo 2 de la presente Resolución propondrán ante la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento a sus representantes, titular y suplente, de acuerdo al área temática a la que pertenezca la revista, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

3.2. La Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento elegirá entre las propuestas presentadas por las revistas indizadas a los representantes por cada área temática de acuerdo a los criterios de elegibilidad que apruebe la DEGC.

3.3. La elección de los miembros del Comité del Portal SciELO señalados en los literales c) y d) del artículo 2 de la presente Resolución, se realizará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el numeral 3.1. Elegidos los representantes la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, procederá a su notificación.

Artículo 4.- Secretaría Técnica

La Secretaria Técnica del Comité del Portal SciELO Perú está a cargo de la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC, quien brinda el apoyo técnico y administrativo coadyuvando al cumplimiento de las funciones del citado Comité.

Artículo 5.- Instalación

El Comité del Portal SciELO Perú se instalará en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 6.- Funciones

El Comité tendrá las siguientes funciones:

a. Elaborar su plan de trabajo.

b. Aprobar su Reglamento Interno para la implementación de sus funciones y regular su funcionamiento, a efectos de establecer las sesiones, modo de aprobación de los criterios de evaluación, aprobación de la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas, entre otros.

c. Aprobar los criterios de evaluación para la indización de revistas y su publicación en el Portal SciELO Perú, así como las modificaciones e incorporaciones de nuevos criterios de evaluación para admisión y permanencia de títulos de revistas en la colección SciELO Perú, los cuales estarán alineados a los criterios de SciELO Regional.

d. Establecer las bases para las convocatorias de la postulación de revistas al Portal SciELO Perú.

e. Aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas científicas en la colección SciELO Perú.

f. Evaluar periódicamente el desempeño de la colección como conjunto y de las revistas que la integran, proponiendo recomendaciones para su mejora y perfeccionamiento, mediante la definición de indicadores adecuados.

Artículo 7.- Asesoramiento y colaboración

El Comité podrá convocar la participación de los órganos del CONCYTEC, en caso de requerirlo, así como de otros profesionales, entidades públicas y privadas, organismos internacionales y sociedad civil, reconocidos como relevantes para el mejor desarrollo de sus funciones.

Artículo 8.- Vigencia

El Comité del Portal SciELO Perú tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, el cual podrá ser prorrogado a solicitud de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento.

Artículo 9.- Financiamiento

La creación del Comité del Portal SciELO Perú no demandará recursos adicionales al Presupuesto Institucional del CONCYTEC.

Artículo 10.- Sobre las convocatorias y procesos de postulación en trámite para su registro en el Portal SciELO Perú

La Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento seguirá evaluando los pedidos de inclusión de revistas indizadas en el Portal SciELO Perú solicitados hasta antes de la instalación del Comité. Los requerimientos de las revistas que soliciten su inclusión posterior a la instalación del Comité serán evaluados conforme al procedimiento que determine el órgano colegiado creado mediante la presente Resolución.

Artículo 11.- De la presentación de Información

El Comité, a través de su Presidente, informará, trimestralmente, a la Presidencia del CONCYTEC, los avances, logros y resultados obtenidos en el desarrollo de sus funciones.

Artículo 12.- De la Notificación

Notificar la presente Resolución a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento y a la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento del CONCYTEC, para los fines pertinentes.

Artículo 13.- De la publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y encargar a la Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.concytec.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO

Presidenta

1854162-1