Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan participación de representantes del Ministerio Público en actividad académica a realizarse en Colombia

Autorizan participación de representantes del Ministerio Público en actividad académica a realizarse en Colombia

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 244 -2020-MP-FN

Lima, 5 de febrero de 2020

VISTO Y CONSIDERANDO, QUE:

Mediante cartas s/n de fechas 17 de diciembre de 2019 y 30 de enero de 2020, respectivamente, el señor Stuart Griffiths, Segundo Secretario de la Embajada Británica con sede en la República de Colombia, solicita se autorice la participación de los representantes del Ministerio Público, en la actividad académica denominada “Taller en Materia de Lavado de Activos y Extinción de Dominio”, organizada por la Embajada Británica, que se llevará a cabo del 17 al 20 de febrero de 2020, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;

La actividad académica mencionada se desarrolla en el marco de la nueva legislación sobre extinción de dominio en el Perú, la cual fue implementada al amparo del Decreto Legislativo Nº 1373, sobre Extinción de Dominio, siendo que la referida actividad académica está orientada a exponer los aspectos relacionados a protocolos y buenas prácticas, en materia de Extinción de Dominio y Lavado de Activos, que vienen siendo realizados por los magistrados colombianos;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 8, del Reglamento de las Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4418-2017-MP-FN de fecha 05 de diciembre de 2017, que a la letra dice: “Capacitación oficializada: Es la actividad académica realizada por una institución con la que existe convenio vigente y es auspiciada o promovida por el Ministerio Público, que cuenta con las mismas prerrogativas que la capacitación oficial”, conforme establece el artículo 55° del mencionado Reglamento: “Las licencias con goce de remuneraciones solo son otorgadas en los supuestos de actividades de capacitación oficiales u oficializadas (…)”, y en concordancia con lo establecido en el literal a) del artículo 110° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM del “Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, el artículo 21° del Decreto Legislativo N° 052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”, numerales 9 y 10 del artículo 34° y artículo 38° de la Ley N° 30483, “Ley de la Carrera Fiscal”, y literal g) del numeral 20.2 de la Directiva N° 10-2013-MP-FN-GG “Directiva Aplicable a los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 del Ministerio Público”; en consecuencia, la actividad académica denominada “Taller en Materia de Lavado de Activos y Extinción de Dominio”, constituye una Capacitación Oficializada, por lo que corresponde conceder licencia con goce de remuneraciones;

Los organizadores asumirán los gastos correspondientes a pasajes aéreos internacionales, alojamiento y alimentación; mientras que el Ministerio Público asumirá el seguro de viaje del personal fiscal designado por Despacho de la Fiscalía de la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio;

Contando con los vistos de la Gerencia General y Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Finanzas, y de la Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel”;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Ley n° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”;y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, “Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de los representantes del Ministerio Público, en calidad de discentes, en la actividad académica denominada: “Taller en Materia de Lavado de Activos y Extinción de Dominio”, organizada por la Embajada Británica con sede en la República de Colombia, que se llevará a cabo del 17 al 20 de febrero de 2020, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, CONCEDIÉNDOSE licencia con goce de remuneraciones, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Cargo

Período de Licencia

1

Yolanda Inquiltupa Calvo

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Cusco

Del 15 al 22 de febrero de 2020

2

David Anthony Sialer Vargas

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tumbes

3

Henry Ramiro Torres Dianderas

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos de Arequipa

4

Luis Enrique Villegas Estremadoyro

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Arequipa

5

Telmo Ramón Zavala Bayona

Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos

Del 16 al 21 de febrero de 2020

6

Richard David Rojas Gómez

Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos

7

Braulio Gilmer Andrade Zubieta

Asesor del Despacho de la Fiscalía de la Nación

Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General, a través de la Oficina General de Finanzas, proceda a la asignación de US $ 50.00 por concepto de seguro de viaje internacional, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Seguro de viaje internacional

1

Yolanda Inquiltupa Calvo

US $ 50.00

2

David Anthony Sialer Vargas

US $ 50.00

3

Henry Ramiro Torres Dianderas

US $ 50.00

4

Luis Enrique Villegas Estremadoyro

US $ 50.00

5

Telmo Ramón Zavala Bayona

US $ 50.00

6

Richard David Rojas Gómez

US $ 50.00

7

Braulio Gilmer Andrade Zubieta

US $ 50.00

Artículo Tercero.- DISPONER a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, adoptar las medidas respectivas a fin de garantizar el normal funcionamiento de los despachos y servicios, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución.

Artículo Cuarto.- DISPONER que dentro de los diez (10) días calendario posterior a la culminación de la actividad académica mencionada, los señores fiscales y funcionario, presenten al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe, que describa las actividades realizadas y los resultados obtenidos en la capacitación materia de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Gerencia General, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Escuela del Ministerio Público y a los interesados, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación

1853855-1