Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 322-2019/MLV, que regula la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 en el distrito
ORDENANZA Nº 334/MLV
La Victoria, 17 de diciembre de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA
VICTORIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2019,
VISTO: el Dictamen N° 029-2019-CPPAL/MDLV, de la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales, respecto a la modificación de la Ordenanza Nº 322-2019/MLV que autoriza la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 en el distrito de La Victoria; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que: “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el segundo párrafo del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía señalada en la Constitución Política del Perú para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Estado señala: “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad”;
Que, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 233º del Código Civil la regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamadas por la Constitución Política del Perú; señalando además en los artículos 234º y 248º del mismo cuerpo normativo que se define al matrimonio como unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella; y quienes pretendan contraer matrimonio civil lo declararan oralmente o por escrito ante el Alcalde Provincial o Distrital del domicilio de cualquiera de ellos;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el Art. 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala lo siguiente: “Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Articulo 195 y por el Articulo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley.”;
Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, entre otros, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que mediante Ordenanza Nº 322-2019/MLV se reguló la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 en el distrito de La Victoria a realizarse el día domingo 16 de febrero de 2020;
Que mediante Informe Nº 113 -2019-OAC-SG/MLV la Oficina de Asuntos Civiles señala que debido a temas presupuestarios en el presente año a fin de llevarse a cabo los actos previos a la celebración del matrimonio y a su vez al tener conocimiento que en esas fechas se realizarán trabajos de construccion del Metro de Lima en la Plaza Manco Capac y a fin de no exponer en peligro a los asistentes y público en general propone modificar la fecha de celebración del matrimonio civil comunitario para el día domingo 28 de junio de 2020, sin que varíe el costo ni demás formalidades ya aprobadas por la Ordenanza Nº 322-2019/MLV;
Que mediante Informe Nº 595-2019-GAJ-MLV, la Gerencia de Asesoria Jurídica opina de manera favorable la modificación de la fecha de celebración del Matrimonio Civil Comunitario que estaba previsto para el día domingo 16 de febrero del 2020, siendo programada para el día domingo 28 de junio del mismo año, recomendando elevar la propuesta al Concejo Municipal para su deliberación y aprobación mediante ordenanza municipal; Informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante el Proveído Nº 1961-2019-GM;
Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de sus facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores y con dispensa de lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 322-2019/MLV, QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2020 EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA
Artículo 1º.- Modificar el artículo primero de la Ordenanza Nº 322-2019/MLV, conforme a los siguientes términos:
“1º.- Autorizar la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 a realizarse el día domingo 28 de junio de 2020, a horas 10:00 a.m., en el marco del Centenario de la creación del distrito de La Victoria.”
Artículo 2º.- Ratificar los demás extremos de la Ordenanza Nº 322-2019//MLV.
Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el Portal de la Entidad (www.munilavictoria.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER
Alcalde
1852587-1