Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el artículo 1 de la Res. N° 073-2014-OS/CD sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U N° 010-2004

Modifican el artículo 1 de la Res. N° 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U N° 010-2004

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 014-2020-OS/CD

Lima, 5 de febrero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modificatorias se creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (en adelante “Fondo”), como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se trasladen a los consumidores nacionales;

Que, de acuerdo con el numeral 4.1 del Decreto de Urgencia N° 010-2004, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”) debe publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar la Banda de Precios Objetivo para cada uno de los productos comprendidos dentro del Fondo. Según el numeral citado, dicha actualización debe realizarse en coordinación con una Comisión Consultiva presidida y convocada por Osinergmin e integrada por representantes del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de las principales empresas establecidas en el país vinculadas a la producción y/o importación de los Productos;

Que, con Resolución N° 169-2010-OS/CD, se designó a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (actualmente denominada Gerencia de Regulación de Tarifas) de Osinergmin, como el área encargada de actualizar las Bandas de Precios Objetivos y publicarlas en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004, aprobadas por Decreto Supremo N° 142-2004-EF, y sus normas modificatorias;

Que, mediante Resolución N° 073-2014-OS/CD modificada con Resolución N° 139-2019-OS/CD, se designó a los siguientes funcionarios: el Ingeniero Miguel Juan Révolo Acevedo como representante titular, y al Ingeniero Michael Antonio Moleros Cuestas como representante alterno de Osinergmin ante la Comisión Consultiva a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 010-2004;

Que, considerando que, mediante Resolución Suprema N° 010-2019-PCM publicada el 28 de noviembre de 2019 el Ingeniero Miguel Juan Révolo Acevedo ha sido designado Viceministro de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 109-2019-OS/PRES se encargó al señor Oscar Alfredo Echegaray Pacheco, el puesto de Gerente de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas, se considera necesario efectuar la designación del nuevo representante titular de Osinergmin ante la Comisión Consultiva;

Con el visto bueno de la Asesoría Legal y la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin;

De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 054-2001-PCM, en el Decreto de Urgencia N° 010-2004 que creó el Fondo para la estabilización de precios de los combustibles derivados del Petróleo y en el Decreto Supremo N° 142-2004-EF que aprobó las Normas Reglamentarias y Complementarias al Decreto de Urgencia N° 010-2004, y;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 004-2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución N° 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 010-2004, de acuerdo a lo siguiente:

“Artículo 1.- Designar como representantes titular y alterno de OSINERGMIN en la Comisión Consultiva a que se refiere el numeral 4.1 del Artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 010-2004, a los siguientes funcionarios:

• Ing. Oscar Alfredo Echegaray Pacheco, como representante titular;

• Ing. Michael Antonio Moleros Cuestas, como representante alterno.”

Artículo 2.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, y consignada en el Portal Institucional de Osinergmin:

https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2020.aspx

Daniel Schmerler Vainstein

Presidente del Consejo Directivo

Osinergmin

1853130-2