Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Alcalde y Teniente Alcalde a Cuba en comisión de servicios

Autorizan viaje del Alcalde y Teniente Alcalde a Cuba, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 007-2020-A-MPH-BCA.

Bambamarca, 21 de enero de 2019

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, en su Sesión Ordinaria de fecha 21 de enero de 2020, contando con el voto UNÁNIME de sus miembros, aprueba la autorización de viaje al exterior del país al Señor Alcalde Abg. Marco Antonio Aguilar Vásquez y al Teniente Alcalde Mg. Carlos Humberto Cruzado Benavides, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, realicen coordinaciones institucionales con el Ministerio de Educación de Cuba, respecto al programa “YO SÍ PUEDO”, asimismo con el Ministerio de Salud Pública y otros entes gubernamentales del referido país, y;

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de Gobierno Local con personería jurídica de derecho público que gozan de autonomía política, economía, y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo 9º, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala que corresponde al Concejo Municipal: numeral 11: “Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario”;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su Artículo 11º, numeral 11.1, estipula que: Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52° de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, la Ley Nº 27619, en su Artículo 2º, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, en tanto que el Artículo 3º establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, con Escrito S/N (MAD Nº 845623), de fecha 14 de enero de 2020, la Embajada de la República de Cuba, en respuesta Oficio Nº 399-2019-MPH-BCA/A, de fecha 30 de setiembre de 2019, traslada a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, la disposición del Ministerio de Educación de Cuba de acompañarlos en el empeño por disminuir la tasa de analfabetismo en la Provincia de Hualgayoc con aplicación del programa “YO SÍ PUEDO”, invitando a las autoridades municipales para la segunda semana de febrero, del 10 al 14 de febrero de 2020, asimismo la disposición del Ministerio de Salud Pública de Cuba de recibir a las autoridades de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc;

Que, con informe Nº 052-2020-MPH-BCA/GAJ, de fecha 20 de enero de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, es de la opinión que se declare PROCEDENTE que el Concejo Municipal autorice al Alcalde Provincial para que viaje al exterior del país, en comisión de servicios; para que realice las coordinaciones institucionales con el Ministerio de Educación de Cuba, respecto al programa “YO SÍ PUEDO”, el cual fue puesto de conocimiento del Gobierno Cubano mediante Oficio Nº 399-2019-MPH-BCA/A y que fue aceptado a trámite mediante el Escrito S/N (MAD Nº 845623), de fecha 14 de enero de 2020, procedente de la Embajada de la República de Cuba. En consecuencia, el presente deberá ser sometido a Sesión de Concejo para su respectiva autorización y aprobación;

Que, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc en su Sesión Ordinaria de Concejo Nº 001-2020-MPH, celebrada el día 21 de enero de 2019, consideró de interés institucional que una representación de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, realice coordinaciones institucionales con el Ministerio de Educación de Cuba, respecto al programa “YO SÍ PUEDO”, asimismo con el Ministerio de Salud Pública y otros entes gubernamentales del referido país;

Por lo que, estando lo señalado en el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, se adoptó lo siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en representación de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc al Señor Alcalde Abg. Marco Antonio Aguilar Vásquez y al Teniente Alcalde, Mg. Carlos Humberto Cruzado Benavides, al país de Cuba, a fin de que realicen coordinaciones institucionales con el Ministerio de Educación de Cuba, respecto al programa “YO SÍ PUEDO”, asimismo con el Ministerio de Salud Pública y otros entes gubernamentales del referido país, del 10 al 14 de febrero del año 2020, invitación realizada por el embajador de la República de Cuba en el Perú, Sergio Gonzales Gonzales.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior, de servidores y funcionarios públicos.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a Sub Gerencia de Tecnología y Sistema de la Información, la publicación del mismo en el portal electrónico de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR con las formalidades a los órganos competentes, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ

Alcalde Provincial

1852576-1