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Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Chota - 2019

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Chota - 2019

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 030-2019-MPCH

Chota, 28 de octubre de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CHOTA

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chota.

VISTO:

En Sesión Extraordinaria Nº 23-2019-CMPCH, de la fecha 01 de octubre del 2019, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 25-2019-CMPCH/SE, se aprueba la presente Ordenanza Municipal que aprueba El Reglamento de Organización y Funciones – ROF y su estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Chota - 2019, región Cajamarca; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que los gobiernos locales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, establece que los locales, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo 9º, inciso 9.2 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;

Que, literal d) del artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva municipal, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuestal;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como finalidad que los gobiernos locales es representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; asimismo, el artículo 4º de la citada ley establece que la estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país;

Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que el rol de las municipalidades provinciales comprende, planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial;

Que, el numeral 3), artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos; contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de las unidades de organización, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Es un documento que expresa como unidades de organización estructuradas de una institución deben funcionar, además es un instrumento normativo institucional que contiene disposiciones técnico - normativos que contemplan, regulan y fijan la estructura orgánica;

Que, el marco normativo aplicable para la formulación, aprobación y vigencia del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la administración pública es el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM;

Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, determina causales para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, cuando se refiera a elaboración o modificaciones, tratándose de la modificación del marco legal sustantivo que conlleve a la modificación de las funciones previstas para la entidad;

Que, el artículo 1º de Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, en la Municipalidad Provincial de Chota, existe discrepancia entre la estructura orgánica, con la cual está operando la entidad y el Reglamento de Organización y funciones, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 35-2011-MPCH;

Que, en los últimos años, se ha emitido nueva normativa técnica y legal, por parte del gobierno nacional, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y sectores ministeriales; así como por los entes rectores de los sistemas administrativos principalmente, que, en determinados casos, constituyen modificaciones parciales y, en otros, de manera integral;

Que, atendiendo a lo anteriormente propuesto, es necesario modificar el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Chota, a fin de mejorar la prestación de los bienes y servicios a la población; asimismo, de cumplir con lineamientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;

Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el respectivo Informe Técnico Sustentatorio, elevado conjuntamente con la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Chota, requisito para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46º del D.S. Nº 54-2018-PCM; contándose además con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 307-2019-MPCH/GAJ;

Estando a lo acordado por el Pleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chota en su Sesión Extraordinaria Nº 23-2019-CMPCH, de la fecha 01 de octubre del 2019; y a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783, Ley Bases de la Descentralización; Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, y modificatorias; Reglamento Interno del Concejo Municipal, con el voto favorable del Pleno aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Chota - 2019

Primero.- APRUÉBESE el Reglamento de Organización y Funciones y su estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Chota - 2019, el mismo que consta de tres (3) títulos, quince (15) capítulos, ciento ochenta y seis (186) artículos y dos (2) disposiciones complementarias y finales; y un (1) anexo con el organigrama estructural, en setenta (70) folios, que debidamente visados, forman parte de la presente ordenanza municipal.

Segundo.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”; debiendo publicarse los anexos de la misma en la página web de la Municipalidad Provincial de Chota.

Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, brinde el apoyo y asistencia técnica necesarios para la implementación de las acciones a que diere lugar.

Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub Gerencia de Recursos Humanos y demás áreas involucradas, la implementación del (CAP-Provisional y demás instrumentos de gestión que lo requieran, en el término de cuarenta (40) días calendario, a partir de la publicación de la presente Ordenanza.

Quinto.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 035-2011-MPCH, así como toda disposición que se opongan a la presente ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

WERNER CABRERA CAMPOS

Alcalde

1852921-1