Aprueban el Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 126-2020-IN
Lima, 5 de febrero de 2020
VISTOS: El Memorando N° 000169-2020/IN/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000067-2020/IN/OGPP/OCRI, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, el Informe N° 000013-2020/IN/OGPP/OMD, de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000195-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 368-2019-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (Cuarenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”, y se autorizó a la Ministra de Economía y Finanzas la suscripción del contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo;
Que, en los literales (i) y (ii) de la Cláusula 3.01 del Contrato de Préstamo N° 4873/OC-PE suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo con fecha 27 de diciembre de 2019, se estableció que el Organismo Ejecutor (Ministerio del Interior) debe cumplir a satisfacción del Banco, en adición a las condiciones previas estipuladas en el artículo 4.01 de las Normas Generales, con la creación de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP) y la aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP), en los términos acordados previamente con el Banco; asimismo, el inciso (b) de la Cláusula 4.07 del referido Contrato de Préstamo, se precisa que: “b) El MOP deberá incluir, entre otros, los siguientes elementos; (i) esquema detallado de ejecución: (ii) roles y responsabilidades institucionales de las unidades beneficiarias; (iii) estrategia de intervención en los diferentes componentes del Proyecto; (iv) normas y procedimientos para la selección y contratación de obras, bienes, servicios y consultoría; (v) los flujos de procesos fiduciarios de gestión financiera y adquisiciones, así como las normas y procedimientos para la gestión administrativa y financiera; (vi) aplicación de las medidas de mitigación de potenciales riesgos ambientales y sociales; y (vii) procedimientos para seguimiento y monitoreo”;
Que, a través del Informe N° 000013-2020/IN/OGPP/OMD, la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de Manual Operativo del Proyecto, y recomienda que la propuesta sea remitida al Banco Interamericano de Desarrollo para su revisión y emisión de No Objeción;
Que, mediante Carta N° 123/2020 de fecha 28 de enero de 2020, el representante del Banco Interamericano de Desarrollo -BID comunica la No Objeción a la propuesta de Manual Operativo del Proyecto (MOP);
Que, a través del Oficio N° 0064-2020-EF/50.06 de fecha 27 de enero de 2020 la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica al Ministerio del Interior la creación de la Unidad Ejecutora “PERÚ SEGURO 2025”, la misma que ha sido formalizada a través de la Resolución Ministerial N° 114-2020-IN, publicada en el diario oficial El Peruano el 04 de febrero de 2020;
Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 368-2019-EF, que aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo; y, la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Regístrese y comuníquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
1852908-1