Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Filipinas en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Filipinas, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0133-2020 DE/MGP

Lima, 4 de febrero de 2020

Visto, el Oficio N° 0351/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 22 de enero del 2020;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta S/N de fecha 27 de junio del 2019, el Comandante de la Marina de Filipinas, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para participar en el 29° Taller del Simposio Naval del Pacífico Occidental – Workshop 2020, a realizarse en la Ciudad de Manila, República de Filipinas, del 10 al 15 de febrero del 2020;

Que, con Oficio N° 1275/42 de fecha 7 de noviembre del 2019, el Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Comandante de la Marina de Filipinas, por la invitación cursada, indicando que ha sido aceptada; asimismo, manifiesta que ha propuesto la participación del dos (2) Oficiales Superiores, cuyos nombres se comunicará oportunamente;

Que, por Oficio N° 0079/42 de fecha 17 de enero del 2020, el Comandante General de la Marina hace de conocimiento al Comandante de la Marina de Filipinas, que se ha designado al Capitán de Navío Kurt BOTTGER Garfías y al Capitán de Navío Fernando Tomás CASTILLO Heredia, para que participen en el 29° Taller del Simposio Naval del Pacífico Occidental – Workshop 2020, a realizarse en la Ciudad de Manila, República de Filipinas, del 10 al 15 de febrero del 2020;

Que, es importante la participación del personal naval ya que la Marina de Guerra del Perú será sede, el año 2021, del 30º Taller del Simposio Naval del Pacífico Occidental; como parte del Bicentenario de la Independencia del país y Bicentenario de creación de la Marina de Guerra del Perú; por lo que es necesario tomar conocimiento de la organización y temas que se tratan en este tipo de eventos;

Que, mediante Oficio Nº 0135/51 de fecha 20 de enero del 2020, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Kurt BOTTGER Garfías y del Capitán de Navío Fernando Tomás CASTILLO Heredia, para que participen en la mencionada actividad; lo que permitirá alcanzar una mayor experiencia, mejorando el desempeño profesional del personal que la integra dentro de su ámbito de competencia, afianzando la imagen institucional y del Estado Peruano;

Que, de acuerdo con el Documento Nº 007-2020 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al
Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado con Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Kurt BOTTGER Garfías, CIP. 01804844, DNI. 10305176 y del Capitán de Navío Fernando Tomás CASTILLO Heredia, CIP. 00950038, DNI. 43635964, para que participen en el 29° Taller del Simposio Naval del Pacífico Occidental – Workshop 2020, a realizarse en la Ciudad de Manila, República de Filipinas, del 10 al 15 de febrero del 2020; así como, autorizar su salida del país el 8 y su retorno el 16 de febrero del 2020.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima – Manila (República de

Filipinas) - Lima

US$. 3,796.40 x 2 personas US$. 7,592.80

Viáticos:

US$. 500.00 x 6 días x 2 personas US$. 6,000.00

TOTAL A PAGAR: US$. 13,592.80

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER MARTOS RUIZ

Ministro de Defensa

1852686-1