Aprueban bases del Premio Nacional de Literatura - Edición 2020 que organiza el Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 030-2020-VMPCIC-MC
Lima, 4 de febrero de 2020
VISTOS; los Informes N° 000037-2020-DGIA/MC y N° 000044-2020-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0126-2017-MC, se crea el “Premio Nacional de Literatura”, como el reconocimiento a las obras literarias publicadas los dos (2) años previos a la convocatoria, organizado por el Ministerio de Cultura, que busca visibilizar el trabajo creativo de los autores y autoras peruanos; así como dinamizar el trabajo editorial;
Que, el artículo 3 de la mencionada resolución ministerial señala que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura aprobará, mediante Resolución Viceministerial, las bases del “Premio Nacional de Literatura”;
Que, conforme al artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;
Que, asimismo, el artículo 81 del citado ROF, señala que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a Ia promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; estableciendo en su numeral 81.5, que tiene la función de promover certámenes para premiar obras literarias de autores nacionales, en los diversos géneros, así como las ediciones nacionales y en las categorías que considere pertinentes;
Que, en ese sentido, mediante los Informes N° 000023-2020-DLL/MC y N° 000027-2020-DLL/MC, la Dirección del Libro y la Lectura remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, la propuesta de bases del Premio Nacional de Literatura – Edición 2020;
Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, mediante los Informes N° 000037-2020-DGIA/MC y N° 000044-2020-DGIA/MC, eleva las bases del referido premio para la aprobación correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las bases del Premio Nacional de Literatura – Edición 2020 que organiza el Ministerio de Cultura, las cuales como anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes supervise el desarrollo del Concurso cuyas bases se aprueban mediante la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1852589-1