Autorizan inicio de acciones legales contra ex funcionarios de la Municipalidad, comprendidos en el Informe de Control Específico N° 017-2019-2-2180-SCE
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 008 -2020-MDJM
Jesús María, 21 de enero de 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
VISTOS: En Sesión Ordinaria Nº 02 de la fecha, el Oficio N° 260-2019-MDJM/OCI, de fecha 05 de diciembre de 2019, del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María, el Informe de Control Especifico N° 017-2019-2-2180-SCE, el Proveído N° 214-2019-AL-MDJM del despacho de Alcaldía, el Memorándum N° 815-2019-MDJM/GM, de fecha 18 de diciembre de 2019, de la Gerencia Municipal, el Memorando N° 1225-PPM-MDJM, de fecha 20 de diciembre de 2019, de la Procuraduría Publica Municipal, el Memorándum N° 2550-2019-SG/MDJM de fecha 20 de diciembre de 2019, de la Secretaría General, el Informe N° 010-2020/GAJRC/MDJM, de fecha 09 de enero de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y el Proveído N° 038-2020-MDJM/GM, de fecha 13 de enero de 2020, de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado reformada mediante la Ley N° 27680 y N° 28607 y N° 30305 – Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Artículo 9° numeral 23) de la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 27972, con respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, establece que le corresponde como tal autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes;
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29º de la Ley Orgánica mencionada, la representación y la defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a Ley;
Que, mediante el Oficio N° 260-2019-MDJM/OCI, de fecha 5 de diciembre de 2019, el señor CPC José Luis Quintana Neri, Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María, remite al Señor Jorge Quintana García Godos, Alcalde de esta corporación edil, el Informe de Control Especifico N° 017-2019-2-2180-SCE, precisando que se inició el servicio de control especifico ante las evidencias de irregularidades en el denominado “Otorgamiento de Adenda a Contratos para el Desarrollo de Actividad Comercial de Venta de Combustible en Áreas de Dominio Público Calificadas como Zona de Recreación Publica (ZRP)” .Asimismo señala que el citado Informe consta de trescientos sesenta y cuatro folios (364), de los cuales remite 31 folios respecto a la fundamentación técnica y legal sobre presunta irregularidad en el “Otorgamiento de Adenda a Contratos para el Desarrollo de Actividad Comercial de Venta de Combustible en Área de Dominio Público Calificada como Zona de Recreación Publica (ZRP”), de conformidad a la Directiva N° 007-2019-CG/NORM, aprobada por Resolución de Contraloría N° 198-2019-CG de fecha 01 de julio de 2019 y modificada con Resolución de Contraloría N° 269-2019-CG de fecha 06 de setiembre de 2019;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil mediante el Informe N° 010-2020/GAJRC/MDJM, emite opinión favorable en cuanto a que el Concejo Municipal autorice a la Procuraduría Publica Municipal a fin que proceda a iniciar las acciones legales correspondientes en contra de los señores ex – funcionarios públicos: Gilmer Antonio Cacho Cuba, Ricardo Federico Alegre Espinoza y Julia Patricia de la Vega Carmona, involucrados en la Conclusión N° 1 del denominado Informe de Control Especifico N° 017-2019-2-2180-SCE, Servicio de Control Específico a Hechos con Presunta Irregularidad, Municipalidad Distrital de Jesús María, Distrito de Jesús María, Provincia y Región de Lima, “Otorgamiento de Adenda a Contratos para el Desarrollo De Actividad Comercial de Venta de Combustible (grifos) en Áreas de dominio Público calificadas como Zona de Recreación Pública (ZRP)”, sobre presunto favorecimiento a las empresas y comisión de delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo. Asimismo sugiere tener en consideración las recomendaciones formuladas por el Órgano de Control Institucional (OCI), respecto a disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las presuntas responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y servidores públicos de la Municipalidad Distrital de Jesús María comprendidos en los hechos irregulares reseñados, para cuyo efecto se considera sujetos a proceso sancionable a los señores: Gilmer Antonio Cacho Cuba, Ricardo Federico Alegre Espinoza, Julia Patricia De La Vega Carmona, Juan Antonio Assante Ynga, Jesús Alberto Gálvez Olivares, Raúl Alberto Sullca Maquera, Lupe Florencia Solano Huaylinos, Mariella Del Carmen Vargas Rodríguez, Guillermo Francisco Cisneros Gamarra, Rafael Julio Antonio Ocaña Melgarejo y Freddy Dante Caballero Castro;
Estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y artículo 41° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa de comisiones y del trámite de Lectura y Aprobación de Acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Distrital de Jesús María, para que conforme a sus atribuciones inicie las acciones legales correspondientes contra los ex funcionarios: GILMER ANTONIO CACHO CUBA, RICARDO FEDERICO ALEGRE ESPINOZA Y JULIA PATRICIA DE LA VEGA CARMONA, comprendidos en el “Informe de Control Especifico N° 017-2019-2-2180-SCE, Servicio de Control Específico a Hechos con Presunta Irregularidad, Municipalidad Distrital de Jesús María, Distrito de Jesús María, Provincia y Región de Lima: , “Otorgamiento de Adenda a Contratos para el Desarrollo De Actividad Comercial de Venta de Combustible (grifos) en Áreas de dominio Público calificadas como Zona de Recreación Pública (ZRP)” emitido por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María, conforme a las facultades conferidas por el numeral 23) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, N.º 27972.
Artículo Segundo.– ENCARGAR a la Procuraduría Pública Municipal, a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas competentes de la entidad el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS
Alcalde
1852117-1