Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Acuerdo de Concejo N° 009-2019-MDEA sobre monto de remuneración mensual del Alcalde

Modifican el Acuerdo de Concejo N° 009-2019-MDEA, sobre monto de remuneración mensual del Alcalde

ACUERDO DE CONCEJO

N° 012-2020-MDEA

El Agustino, 31 de enero del 2020

EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO

Visto: En Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2020, el Decreto Supremo N° 413-2019-EF sobre Decreto Supremo que aprueba disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley del Servicio Civil - Ley N° 30057, el Informe N° 0058-2020-SGTH-GAF-MDEA de la Sub Gerencia de Talento Humano, el Memorándum N° 004-2020-SGP-GPP-MDEA de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Informe N° 35-2020-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 182-2020-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° modificado por la Ley N° 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972;

Que, el artículo 21° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y sus modificatorias, establece que la remuneración mensual del Alcalde es fijada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión;

Que, mediante el artículo 1° del Acuerdo de Concejo N° 009-2019-MDEA de fecha 15 de febrero del 2019, se fijó en la suma de S/ 7,800.00 (Siete Mil Ochocientos y 00/100 soles) la remuneración mensual del Alcalde del al municipalidad DE El Agustino;

Que, a su vez el artículo 52° de la Ley del Servicio Civil – Ley N° 30057, establece que la compensación Económica para los funcionarios señalados en dicho artículo (entre los que se encuentran los alcaldes como funcionarios públicos de elección popular, directa y universal), se aprueba mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 413-2019-EF, no se autoriza a los Consejos Municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores;

Que, en este contexto, según la información estadística de Población Electoral, la población electoral del año 2018 del distrito de El Agustino es de 152,723, cantidad que se encuentra en el Rango II: Población Electoral, de 100.001 a 250,000, según el Anexo del Decreto Supremo N° 413-2019-EF, rango al que le corresponde una compensación económica mensual de S/ 11,400.00;

Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el voto MAYORITARIO de los Regidores y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta;

ACUERDA:

Artículo Primero.- MODIFICAR en parte el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo N° 009-2019-MDEA del 15 de febrero del 2019, en los siguientes términos:

“Artículo Primero.- ADECUAR de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas, la remuneración mensual del Alcalde de El Agustino en S/. 11,400.00 (Once Mil Cuatrocientos y 00/100 Soles), quedando el Acuerdo de Concejo N° 009-2019 vigente en los demás extremos.”

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Sub Gerencia de Talento; el cumplimiento del presente Acuerdo.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su publicación en el Portal de la Municipalidad (www.mdea.gob.pe) a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS

Alcalde

1852496-2