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Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

resolución jefatural

N° 043-2020-J/INEN

Lima, 31 de enero de 2020

VISTOS:

El Oficio N° 000955-2019-CG/SGE, la Resolución Jefatural N° 516-2019-J/INEN de la Jefatura Institucional, el Memorando N° 359-2020-OGA/INEN de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 186-2020-OGPP/INEN de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0118-2020-OAJ/INEN, de la Oficina de Asesoría Jurídica fecha 30 de enero de 2020 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28748 se otorgó al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INÉN, la categoría de Organismo Público Descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía económica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud; calificado posteriormente como Organismo Público Ejecutor, en concordancia con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA, publicado en el diario oficial El Peruano, el 11 de enero del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (ROF-INEN), estableciendo la jurisdicción funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes órganos y Unidades Orgánicas;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y en mérito del cual expidió la Resolución Jefatural N° 607-2019-J/INEN, de fecha 27 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, para el año Fiscal 2020, del Pliego 136 del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la citada Resolución;

Que, mediante Oficio N° 000955-2019-CG/ SGE recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicita al Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas realizar la transferencia financiera a su favor en el año 2019, por el importe de S/ 54 048.50, que corresponde al 50% de la retribución económica que incluye IGV, para iniciar el proceso de convocatoria pública de méritos para la designación de sociedades auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado para el periodo auditado 2019;y, su respectiva previsión presupuestal para el año fiscal 2020, por el importe de S/ 54 048.50 que corresponde al otro 50% de la retribución económica incluyendo IGV, cuya transferencia financiera debe efectuarse a más tardar en el mes de enero del presente año;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 516-2019-J/INEN, de fecha 25 de noviembre 2019, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, hasta por la suma de S/ 54 048.50 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742 para cubrir los gastos para contratación de Sociedad de Auditoría, importe que corresponde a la transferencia financiera del 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) para el Período Auditado 2019;

Que, mediante Memorando N° 359-2020-OGA/INEN la Oficina General de Administración solicita realizar una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y COHO CON 50/100 SOLES), importe que corresponde al 50% restante de la retribución económica que incluye IGV, para el periodo auditado 2019, dicha transferencia debe realizarse, a más tardar en el mes de enero del presente año, de acuerdo a lo requerido mediante el Oficio N° 000955- 2019-CG/SGE;

Que, mediante Memorando N° 186-2020-OGPP/INEN la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto alcanza el Informe N° 178-2020-OPE-OGPP/INEN, mediante el cual la Oficina de Planeamiento Estratégico, señala que el Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, cuenta con recursos disponibles en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios para realizar la transferencia financiera a que se refieren los considerandos precedentes;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO CON 50/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el pago del 50% restante de la retribución económica, que incluye el IGV por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad Auditoría que se encargará de realizar labores de control posterior externo del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas;

Contando con los vistos buenos de la Sub Jefatura Institucional, de la Gerencia General, de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA; y de conformidad con la Resolución Suprema N° 011-2018-SA;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por la suma de S/ 54 048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la transferencia que equivale al 50% restante de la retribución económica que incluye el IGV, por el periodo auditado 2019, para financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas.

Artículo Segundo.- Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Tercero.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia financiera, publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO PAYET MEZA

Jefe Institucional

1852493-1