Autorizan viaje de profesionales del Instituto del Mar del Perú - IMARPE a la República de Vanuatu, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 050-2020-PRODUCE
Lima, 4 de febrero de 2020
VISTOS: El Oficio N°026-2020-IMARPE/DEC de la Dirección Ejecutiva Científica del IMARPE; el Circular G115-2019 de la Secretaria Ejecutiva de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacifico Sur; los Memorandos N°s 008 y 049-2020-IMARPE/DGIRP de la Dirección General de Investigaciones en Recursos Pelágicos del IMARPE; el Memorándum N° 034-2020-IMARPE/AFLel del Área Funcional de Logística e Infraestructura del IMARPE; el Memorándum N° 026-2020-IMARPE/AFC del Área Funcional de Contabilidad del IMARPE; el Memorándum N° 019-2020-IMARPE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE; el Informe N° 085-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Circular G115-2019 la Secretaría Ejecutiva de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacifico Sur (SPRFMO, por sus siglas en inglés) hace de conocimiento que se llevará a cabo la “Séptima Reunión del Comité Técnico y De Cumplimiento (CTC7) y Octava Reunión de la Comisión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacifico Sur” en la ciudad de Port Vila, República de Vanuatu, del 10 al 18 de febrero de 2020;
Que, mediante Oficio N° 1097-2019-IMARPE/DEC la Dirección Ejecutiva Científica del Instituto del Mar del Perú - IMARPE comunica al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura la designación del señor Luis Rubén Mariátegui Rosales, Coordinador del Área Funcional de Investigaciones de Invertebrados Marinos y Macroalgas del IMARPE, para participar en las citadas reuniones; asimismo, mediante Oficio N° 004-2020-IMARPE/PE, la Presidencia Ejecutiva del IMARPE designa a la señora Marilú Bouchon Corrales, Coordinadora del Área Funcional de Recursos Transzonales y Altamente Migratorios de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE, para también participar en las mencionadas reuniones;
Que, con Memorandos N°s 008 y 049-2020-IMARPE/DGIRP la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE adjunta los Informes Técnicos Sustentatorios N°s 001 y 003-2020, los cuales señalan que la participación de los representantes de la entidad en dicho evento es de importancia, toda vez que permitirá i) recibir información actualizada sobre el desarrollo de la pesquería de recursos transzonales, especialmente jurel y calamar gigante, en los países que conforman la OROP-PS, los cuales serán utilizados en la implementación de las bases para el estudio de estos recursos y el desarrollo de sus pesquerías en nuestro país; ii) establecer las acciones necesarias para la aplicación de los lineamientos técnicos científicos que refuercen el desarrollo sustentable de la pesquería de recursos transzonales en el Pacifico Sudeste; y, iii) discutir sobre importantes medidas de conservación y ordenamiento del jurel y calamar gigante en el Pacifico Sudeste; lo que permitirá adoptar medidas de administración para asegurar el uso sostenible en el largo plazo de los recursos pesqueros de alta mar en el Pacifico Sur, con énfasis en la asignación de cuotas de captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) y posibilidades de establecer medidas de conservación (CMM) para el calamar gigante (Dosidicus gigas), en el área de aplicación de la Convención;
Que, mediante el Memorándum N° 034-2020-IMARPE/AFLel, el Área Funcional de Logística e Infraestructura del IMARPE señala que se ha realizado la cotización de los pasajes aéreos para la comisión de servicios en tarifa económica y adjunta el itinerario de viaje; asimismo, mediante Memorándum N° 026-2020-IMARPE/AFC, el Área Funcional de Contabilidad del IMARPE indica que se ha realizado el cálculo de los viáticos correspondientes para la comisión de servicios;
Que, por Memorándum N° 019-2020-IMARPE/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE señala que existe disponibilidad presupuestal para dicho requerimiento, el cual se realizará con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del IMARPE, adjuntando las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s 0000000023 y 0000000028;
Que, mediante Oficio N° 026-2020-IMARPE/CD, la Dirección Ejecutiva Científica del IMARPE solicita al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción tramitar la autorización de viaje para la realización de la señalada comisión de servicios, indicando que reforzará la visión integral de la pesquería de jurel y calamar gigante a nivel regional y se absolverán consultas sobre los formatos de cumplimiento enviados por la delegación peruana, como el caso del Informe de Perú sobre “2018/19 Implementation report under CMM 10-2019 (Compliance Monitoring Scheme)”, entre otras. Asimismo, con Oficio N° 004-2020-IMARPE/PE la Presidencia Ejecutiva del IMARPE remite información complementaria para el trámite de la referida autorización de viaje al exterior;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viaje al exterior debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico institucional; asimismo, que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector;
Que, en consecuencia, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Luis Rubén Mariátegui Rosales y de la señora Marilú Bouchon Corrales, servidores del IMARPE, a la ciudad de Port Vila, República de Vanuatu, del 07 al 20 de febrero de 2020;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM, “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Luis Rubén Mariátegui Rosales y de la señora Marilú Bouchon Corrales, servidores del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a la ciudad de Port Vila, República de Vanuatu, del 07 al 20 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos |
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ |
Viáticos por 11 días (9 días + 2 días por concepto de instalación) US$ 385,00 por día |
Luis Rubén Mariátegui Rosales |
3 868,00 |
4 235,00 |
Marilú Bouchon Corrales |
3 868,00 |
4 235,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales autorizados deben presentar al Titular de la Entidad, cada uno, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
1852506-1