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Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 057-2020-MINEDU

Lima, 3 de febrero de 2020

VISTOS, el Expediente UPP2020-INT-0017992, el Informe Nº 00070-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y el Oficio Nº 00048-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 737-2018-MINEDU se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Educación para el periodo 2019 – 2022;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 035-2020-MINEDU se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, conforme a la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, modificada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD, 00053-2018/CEPLAN/PCD y 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identificación de la estrategia institucional;

Que, el numeral 6.3 de la citada Guía establece que el POI se modifica cuando se modifica el PEI; así como por cambios en la programación de metas físicas de la actividades operativas e inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI. La entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento;

Que, con Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, mediante Informe Nº 00070-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica manifiesta que se ha procedido con la reprogramación y/o priorización de las actividades operativas del Plan Operativo Institucional del Año Fiscal 2020, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura, por lo que se considera viable la aprobación del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, con el Memorándum Nº 00017-2020-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica informa que la propuesta del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, que consta en el Acta de Reunión, de fecha 27 de enero de 2020;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de efectuar el respectivo seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por sí solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR PABLO MEDINA

Ministra de Educación

1851901-1