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Ordenanza que declara favorable la petición de cambio de zonificación del distrito de Chorrillos

Ordenanza que declara favorable la petición de cambio de zonificación del distrito de Chorrillos

ORDENANZA N° 2222

Lima, 27 de enero de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;

Que, la Ordenanza N° 1617, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2012, constituye el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como municipalidad provincial, en el ejercicio de su función específica exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, planificación urbana y zonificación de áreas urbanas, teniendo en cuenta además que la zonificación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de zonificación, parámetros urbanísticos y edificatorios, índice de usos para la ubicación de actividades urbanas y sus reglamentos;

Que, con la Ordenanza Nº 1076, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Barranco, Surquillo y de un sector de los distritos de Chorrillos y Santiago de Surco, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana y de un sector del distrito de Chorrillos que es parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana;

Que, con Expediente N° 177531-2015 de fecha 10 de septiembre de 2015, la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Chorrillos remite el pedido del Colegio Cambridge College Lima S.R.L., representado por su gerente general, Donald Jones Cooper, quien solicita cambio de zonificación de Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) a Educación Básica (E1), para el predio de 18,500.00 m2, ubicado en la Sub Sección D-1-A de la Sección “D”, del ex Fundo Santo Toribio de Mogrovejo, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, adjuntando el Acuerdo de Concejo N° 022-2015-MDCH de fecha 28 de agosto de 2015, el cual aprueba la propuesta del mencionado cambio de zonificación, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 1617;

Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio Nº 729-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 08 de mayo de 2019, informa a la Municipalidad Distrital de Chorrillos que respecto al referido cambio de zonificación presentado por el Colegio Cambridge College Lima S.R.L., otorga 15 días calendarios para que remita información, de así considerarlo, a afectos de continuar con el procedimiento ante la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano de Vivienda y Nomenclatura; habiéndose obtenido respuesta a través del Oficio N° 058-2019-GODU-MDCH de fecha 14 de junio de 2019, de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Chorrillos, que adjunta el informe N° 553-2019/SGOPRIV-GODU-MDCH de fecha 10 de junio de 2019, solicitando que se evalué y se proceda de acuerdo a nuestras competencias;

Que, a través del Oficio Nº 355-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 06 de marzo de 2019, oportunamente la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima solicitó a la Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa-PROHVILLA, una reunión de coordinación, en respuesta al Oficio N° 118-2017-MML-PROHVILLA de fecha 17 de marzo de 2017, en el cual se concluyó que no es posible emitir opinión ambiental a la petición de cambio de zonificación de RDMB a E1, solicitado por el representante del Colegio Cambridge College Lima S.R.L., por cuanto no habría superado las observaciones formuladas;

Que, con el Documento Simple N° 157007-2019 de fecha 16 de mayo de 2019, la Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa – PROHVILLA, traslada el Dictamen N° 001-2019-MML/ PROHVILLA de fecha 13 de mayo de 2019, a través del cual se opina a favor del “Cambio específico de zonificación de Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) a Educación Básica (E1), para el inmueble ubicado en el Pasaje 03, Urbanización Country Club de Villa, Mz. D-01, Lote A, de la sección del ex Fundo Santo Toribio de Mogrovejo”;

Que, con Informe N° 05-2019-MML-CTT, de fecha 09 de julio de 2019, la Comisión Técnica de Trabajo (conformada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Instituto Metropolitano de Planificación) emite opinión favorable acorde con la opinión vertida por PROHVILLA y considerando que las instalaciones de un centro educativo refuerzan la educación en el manejo de los residuos sólidos y la sensibilización por el cuidado del medio ambiente, sin generar ningún impacto negativo sobre este;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 67-2019-MML-CMDUVN, de fecha 24 de julio de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE DECLARA FAVORABLE LA PETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CHORRILLOS

Artículo 1.- Declarar favorable la petición de cambio de zonificación del distrito de Chorrillos, que a continuación se indica:

SOLICITANTE

UBICACIÓN

PROPUESTA

1

COLEGIO CAMBRIDGE COLLEGE LIMA S.R.L

Sub Sección D-1-A de la Sección “D” del ex Fundo Santo Toribio de Mogrovejo - Chorrillos

RDMB a E1

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Chorrillos, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente ordenanza.

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Chorrillos.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1851471-1