Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Bolivia, Ecuador, Brasil y Austria, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0059-2020-RE
Lima, 28 de enero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, han acordado que la visita del Viceministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, se lleve a cabo el 7 de febrero de 2020;
Que, la reunión tiene como propósito principal abordar asuntos de interés de la agenda bilateral y regional, con miras a profundizar la misma;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 7 de febrero de 2020, para participar en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Jaime Antonio Pomareda Montenegro |
418.00 |
370.00 |
1 + 1 |
740.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el señor Viceministro de Relaciones Exteriores presentará ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, en tanto dure la Ausencia del titular.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1851062-1