Aprueban Norma para la Realización de Reconocimientos Médicos de la Gente de Mar
resolución directoral
n° 150-2020 mgp/dgcg
22 de mayo de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-81-MA de fecha 17 noviembre del 1981, el Estado Peruano adoptó el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, Convenio de Formación 78;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas; faculta a esta Autoridad Marítima, para que mediante resolución directoral, expida las normas complementarias que requiera la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento antes mencionado;
Que, el numeral (1) del artículo 12° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, establece en que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas aplicar y hacer cumplir la normativa nacional, en particular lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1147, el Reglamento, los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional aplicables al Estado Peruano en el ámbito de su competencia;
Que, la regla I/9 del Convenio de Formación 78 en su forma enmendada y la sección A-I/9 del Código de Formación, establecen que toda la gente de mar que posee un título expedido en virtud de lo estipulado en el referido Convenio y que presten servicio en el mar, en naves y artefactos navales, deberán poseer un certificado médico válido;
Que, mediante Circular STCW.7/Circ.19/Rev.1 de fecha 5 de setiembre del 2018, la Organización Marítima Internacional, OMI aprobó las “Directrices para la realización de los reconocimientos médicos de la gente de mar”, con el objeto de brindar asistencia a las Administraciones Marítimas para que garanticen que se implantan con eficacia las normas de aptitud física para la gente de mar, que figuran en el Convenio de Formación 78 y en el Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar, Código de Formación;
Que, con Resolución Directoral N° 0745-2018 MGP/DCG de fecha 28 de junio del 2018, se aprueba la actualización de las normas para la Realización de Reconocimientos Médicos de la Gente de Mar, Personal de Pesca, Personal de Náutica Recreativa y Personal de Bahía, así como también los respectivos formatos de reconocimiento médico del mencionado personal;
Que, con Resolución Directoral N° 1666-2018 MGP/DCG de fecha 19 de diciembre del 2018, se modificó el Apéndice 1 – Formato de Reconocimiento Médico para Personal de la Marina Mercante Nacional;
Que, esta Autoridad Marítima Nacional considera necesario estandarizar e implementar un conjunto de criterios, establecidos internacionalmente, a ser utilizados como un medio de ayuda para las autoridades de salud, los centros médicos reconocidos y los médicos, para que los reconocimientos médicos de la gente de mar que posee un título expedido en virtud de lo estipulado en el Convenio de Formación 78 en su forma enmendada, sea un indicador válido de su aptitud física para el desempeño de sus tareas rutinarias y de emergencia de manera segura y eficaz, en salvaguarda de la seguridad de la vida humana en el mar;
Estando a lo propuesto por el Director de Control de Actividades Acuáticas, a lo opinado por la Directora de Normativa y Gestión de Calidad, el Director de Asuntos Legales y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Norma para la Realización de Reconocimientos Médicos de la Gente de Mar, que posee un título expedido en virtud de lo estipulado en el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978, enmendado, Convenio de Formación y en el Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar, Código de Formación, que como Anexo “A” forma parte de la presente resolución directoral.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto el artículo 12.1 y el Apéndice 1 del Anexo “A”, de la Resolución Directoral N° 0745-2018 MGP/DCG de fecha 28 de junio del 2018, donde se aprueba el formato de reconocimiento médico para el personal de la Marina Mercante Nacional.
Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 1666-2018 MGP/DCG de fecha 19 de diciembre del 2018.
Artículo 4°.- La presente resolución directoral, anexo y apéndices serán publicados en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe.
Artículo 5°.- La presente resolución directoral, entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese como Documento Oficial
Público (D.O.P.)
Ricardo MENÉNDEZ Calle
Vicealmirante
Director General de Capitanías y Guardacostas
1866837-1