Oficializan aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 396-2020-IN
Lima, 26 de mayo de 2020
VISTOS; el Informe Nº 000002-2020-IN_RM_003_2013_IN_DGRH_MLM del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Órganos no Policiales; y, el Informe N° 000595-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante la Ley, tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, estableciendo el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia;
Que, conforme lo establece el artículo 34 de la Ley, las empresas con veinte o más trabajadores elaboran su reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con las disposiciones que establezca el Reglamento de la citada Ley;
Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, en adelante el Reglamento, precisa la estructura mínima del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del artículo 42 del Reglamento, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como función, entre otras, el aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1067-2018-IN de fecha 12 de septiembre de 2018, se designó a los representantes de la parte empleadora y de los trabajadores del Ministerio del Interior ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, con Acta Nº 018-2020-CSST-MININTER de fecha 28 de febrero de 2020, el Comité de Seguridad y Salud acordó por unanimidad aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, a través del Informe N° 000002-2020-IN_RM_003_2013_IN_DGRH_MLM de fecha 25 de febrero de 2020, el Comité Técnico de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Órganos no Policiales señala que la implementación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo contribuye con la prevención en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de la instauración de la cultura de prevención de riesgos laborales;
Que, conforme a lo expuesto resulta necesario oficializar la aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y, la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GASTÓN CÉSAR A. RODRÍGUEZ LIMO
Ministro del Interior
1866842-1