Inconstitucionalidad de la ampliación del plazo para recibir pedidos de nulidad en un proceso electoral
Las cosas fueron así: El domingo 6 de junio de 2021 se votó en segunda vuelta para elegir al presidente de la República. De conformidad con la Ley Orgánica de Elecciones, 26859, los Jurados Electorales Especiales, que resuelven en primera instancia, pueden declarar la nulidad de la votación realizada en las mesas de sufragio por...
- Jorge Rendón Vásquez
- 19/06/2021
