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TC niega que la consulta previa sea derecho fundamental y causa rechazo entre comuneros

Actualizado: 7 marzo, 2022

LAPATRIA

La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre una acción de amparo de dos comunidades de Puno sientan un precedente que fue calificado como peligroso por pobladores y especialistas en derechos humanos pues niega que la consulta previa sea un derecho fundamental para pueblos indígenas.

Cabe indicar que esto implica que, en el futuro, los terrenos de comunidades nativas pueden ser entregados a explotadores sin que estas puedan recurrir a la justicia en caso no se haya realizado la consulta previa, explicaron.

De hecho que el caso concreto materia de sentencia, se trata de los terrenos de las comunidades puneñas de Chila Chambilla y Chila Pucara (provincia de Chucuito) parte de las cuales fueron entregas en concesión a una empresa cementara y otra minera.

Según explica el abogado José Chata Pacoricona de la ONG Derechos Humanos y Medio Ambiente, las concesiones otorgadas por al Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Instituto Geológico Minero Metalúrgico (INGEMMET) se superponen en dos mil hectáreas a los terrenos comunales.

Nunca se realizó el proceso de consulta previa, por lo cual, los comuneros iniciaron acciones legales el año 2014 hasta que recientemente, el Tribunal Constitucional sentenció en su contra indicando que el derecho a la consulta previa no es fundamental y, por lo tanto no es objeto de proceso de amparo

Argumentos

El Tribunal Constitucional es claro en su argumento: “el derecho a la consulta previa no se encuentra reconocido por la Constitución ya sea en forma expresa o tácita, por lo que no cabe reclamar respecto de él tutela a través del proceso de amparo, ya que no es un derecho fundamental. En todo caso, el derecho a la consulta previa emana del Convenio 169, el cual no le otorga el carácter de derecho fundamental, por lo que no puede inferirse que se trate de un derecho de tal dimensión y menos que tenga rango constitucional.”

Sin embargo, Chata indica que existen sentencias anteriores de este mismo ente donde se indica expresamente que los derechos contenidos en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas, se pueden considerar fundamentales.

Por esta razón, es que recurrirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos pues consideran que hay una flagrante vulneración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

¿Tribunal Naranja?

El Tribunal Constitucional es una ente que con los años ha acumulado varios cuestionamientos por sus polémicas decisiones.

Uno de los casos más sonados fue la decisión que permitió la libertad de Keiko Fujimori declarando fundando el pedido de hábeas corpus interpuesto por la defensa de la fujimorista.

Posteriormente se cuestionó una decisión que permite la prescripción de deudas tributarias lo que se traduce en millones a favor de grande empresas en desmedro del resto de peruanos.

Periodistas como César Hildebrandt y Rosa María Palacios dieron a entender que se trata de una Tribunal Constitucional «conservador», y prevén que este ente le ponga un candado al pedido de Referéndum mediante Asamblea Constituyente.

Efectos posibles

Cuando los grupos de poder económico se han apoyado en la manipulación de normas y la captura del estado para tener luz verde legal para sus proyectos, se han topado con lo que ahora se llama «conflictos sociales».

Para frenar esto, se ha criminalizado las protestas, se ha dispuesto de un marco legal para encarcelar a los opositores, se han comprado comunicadores y autoridades locales pero jamás se ha podido evitar la férrea oposición de los pobladores.


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