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Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Muñani

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Muñani

ORDENANZA N° 007-2024-CM-MDM/A

Muñani, 12 de julio de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MUÑANI - AZANGARO - PUNO.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de fecha 12 de julio de 2024,

VISTO: El Informe Nº127-2024-MDM/OPP, de fecha 23 de mayo de 2024 de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Opinión Legal Nº119-2024-MDM/+OAL, de fecha 28 de mayo de 2024 de la Oficina de Asesoría Legal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444;

Que, la normativa antes aludida, en su artículo 40º, establece que las Ordenanzas son las normas de Carácter General de mayor Jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; precisando en su artículo 9º, numerales 8) y 19) que, corresponde al Consejo Municipal “Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, así como aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales”;

Que, con Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; posteriormente, con Resolución de Secretaría de Integridad Pública N.º 001-2019-PCM/SIP de fecha 24 de julio de 2019, se aprueba la Directiva Nº 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, con la finalidad de asegurar la efectiva implementación de la función de integridad pública;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modificado con el Decreto Legislativo Nº 1446, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, conforme establece el artículo 6º de la Ley Nº 27658, el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: (a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas; (b) Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; (c) En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afines;

Que, el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, modifica al Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, precisando en su artículo 46º que, se requiere la aprobación o modificación del ROF, según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modificación de funciones, sin que se modifique la estructura orgánica;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como finalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Coligiéndose que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación;

Que, mediante Informe Nº127-2024-MDM/OPP, de fecha 23 de mayo de 2024, la Oficina de Planificación y Presupuesto, ante la solicitud de la Administración Municipal, Oficina de Infraestructura, Secretaria General, Oficina de Administración Tributaria, Oficina de Recursos Humanos, Oficina de Contabilidad y Finanzas, y otras oficinas; propone la Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Muñani; con la finalidad de incrementar el nivel de eficiencia y eficacia, mejorar la atención al ciudadano, así como optimizar el uso de recursos públicos, instrumento que guarda congruencia con las competencias previstas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo 46º de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en base a las normas sustantivas que otorgan funciones a los puestos de gobiernos locales, por lo que recomienda que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) sea aprobado;

Que, a través de Opinión Legal Nº 119-2024-MDM/OAL, de fecha 28 de mayo de 2024, la Oficina de Asesoría Legal, señala que de la propuesta de Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Muñani, ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, estando arreglada a derecho y guarda concordancia con normatividad de la materia, por lo que emite opinión legal favorable correspondiendo su aprobación mediante Ordenanza;

Que, mediante Memorándum N°0280-2024-MDM/AM, de fecha 28 de mayo del 2024, la oficina de Administración Municipal, después de analizar los Informe de la oficina de Planificación y Presupuesto y Opinión Legal, emitido por la oficina de Asesoría Legal de la Entidad Edil RECOMIENDA al Concejo Municipal Aprobar la Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Muñani;

Estando a los considerandos expuestos y de conformidad a las facultades establecidas conferidas por el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MUÑANI

Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, el mismo que está conformado por cincuenta y ocho (58) Artículos, ordenados en seis (VI) Títulos, ocho (VIII) Capítulos, dos (02) Disposición Complementarias, Una (01) Disposición Transitoria y Dos (02) Disposiciones y Finales; asimismo dentro del Reglamento de Organización y Funciones - ROF.

Artículo Segundo.- APROBAR, la Estructura 0rgánica de la Municipalidad Distrital de Muñani que se detalla en el organigrama estructural, el mismo que forma parte del Reglamento de Organización y Funciones - ROF.

Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal de la Municipalidad www.munimunani.gob.pe.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en la forma de ley y a la oficina de Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su contenido en el Portal Institucional de la Entidad Edil, www.munimunani.gob.pe.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

HUGOLINO PEREZ PONCE

Alcalde

2330169-1