Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Pesca tradicional ancestral en el litoral de Lima metropolitana: conocimientos, técnicas y significados asociados
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000172-2024-VMPCIC/MC
San Borja, 26 de junio del 2024
VISTOS, el Informe N° 000172-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000116-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000126-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fiestas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, mediante el Expediente N° 2023-0186094 el señor Ricalde Lázaro Huamaní solicita se declare a la Pesca Ancestral Tradicional en el litoral de Lima metropolitana, sus conocimientos, técnicas y significados como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, a través del Informe Nº 000172-2024-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite los antecedentes administrativos organizados a mérito de la solicitud presentada para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Pesca tradicional ancestral en el litoral de Lima metropolitana: conocimientos, técnicas y significados asociados, en la provincia de Lima, departamento de Lima;
Que, mediante el Informe Nº 000116-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial hace suyo el Informe Nº 000006-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-RRM/MC por el que recomienda la declaratoria de la Pesca tradicional ancestral en el litoral de Lima metropolitana: conocimientos, técnicas y significados asociados, en la provincia de Lima, departamento de Lima como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, la ciudad de Lima ha sido durante su historia un importante espacio de asentamiento y desarrollo de diversos grupos humanos, inclusive desde mucho tiempo antes de su fundación española, su designación como capital del virreinato y su posterior consolidación como capital de la República. Según algunos estudios, se calcula que la presencia de comunidades humanas en esta área data de hace más de diez mil años;
Que, estos grupos han sido investigados por diversos expertos, principalmente la historiadora María Rostworowski, a quien le debemos los primeros acercamientos etnohistóricos a las culturas de la costa central y a las comunidades de pescadores y marisqueros que allí se asentaron y organizaron;
Que, en la zona denominada Caleta de Carquin, muy cercana al mencionado distrito de Supe Puerto, se mantiene hasta el día hoy la costumbre ancestral de la pesca, salado y secado de la anchoveta, esta técnica ancestral ha sido declarada como Patrimonio Cultural de la Nación. La influencia de Caral llegó hasta la cuenca del río Chillón, uno de los ríos emblemáticos de la costa central y que, junto con los ríos Rímac y Lurín, han configurado el territorio de la actual Lima metropolitana;
Que, las principales culturas que se desarrollaron en Lima fueron la Cultura Lima (aproximadamente entre 200 d.C – 700 d.C), la Cultura Yshma (aproximadamente entre 1100 d.C – 1500 d.C) así como influencias de otras culturas como la Civilización Caral, Wari y la cultura Inca. Producto de estas diversas influencias, en la actual zona denominada Lima metropolitana convivieron a lo largo de los siglos muchos grupos de pescadores quienes se vincularon profundamente con su labor y su zona de pesca, estableciendo lugares específicos para el acceso desde su zona de vivienda hacia la zona de playa para la extracción de recursos, así como para el acceso a la zona de intercambio o comercialización. En ese contexto, las rutas o caminos de los pescadores eran espacios necesarios para la práctica de la pesca tradicional ancestral y su sistema económico subsecuente, durante aquella Lima indígena y precolombina. Debido a su rol fundamental, dichos caminos fueron respetados y protegidos por las autoridades durante la época Colonial;
Que, no solo han existido vestigios de las prácticas pesqueras en los varios sitios arqueológicos de Lima (como Pachacamac, la Chira, Armatambo, Pucllana, Maranga, Playa Grande, Huaca Santa Rosa, entre otros) sino también se han encontrado diversas menciones en las crónicas de los primeros españoles, así como en los archivos de los primeros juzgados en los que se describe la presencia de comunidades de pescadores a lo largo del litoral de Lima. Una prueba llamativa de esto es el reciente descubrimiento del entierro de un pescador, al que se ha denominado “Yaku”, que data del siglo XVI y que fue hallado frente al litoral del distrito de Chorrillos, zona en la que viven muchos pescadores hasta la actualidad. Asimismo, en la localidad de Áspero, ubicada en Supe Puerto, fueron encontrados los restos de una mujer pescadora lo que demuestra que, como hasta el día de hoy, la labor pesquera no era labor exclusiva de los hombres;
Que, en la actualidad, la ciudad de Lima consta de al menos 10 distritos en los que se realizan prácticas pesqueras: Ancón, Santa Rosa, Miraflores, Barranco, Chorrillos, Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo y Pucusana. En todos ellos existen asociaciones de pescadores que reconocen en sus prácticas rasgos plenamente vigentes de una pesca tradicional ancestral;
Que, los conocimientos vinculados a la pesca tradicional ancestral tienen que ver con ámbitos tales como la construcción de embarcaciones, la fabricación de aparejos de pesca, el desarrollo de técnicas y estrategias pesqueras y aquellos relacionados con la naturaleza y el universo;
Que, en el caso de los pescadores del litoral de Lima metropolitana varios de ellos mantienen una serie de conocimientos que son herencia de la pesca tradicional ancestral. Si bien, en muchos casos, las exigencias propias de la modernidad han transformado embarcaciones, aparejos y técnicas, muchas de ellas se mantienen vigentes generando un continuo entre el pescador actual y el ancestral;
Que, sobre las embarcaciones, los pescadores utilizan vehículos pequeños para la navegación tales como botes, chalanas, “zapatos” (una embarcación especial para orillas pedregosas), balsas de troncos y, según se recuerda, balsas tejidas con junco o totora que crecían en las orillas de la Costa Verde y Lurín, fibras vegetales que hoy están prácticamente desaparecidas de las zonas mencionadas, salvo en algunos espacios muy reducidos. Estas embarcaciones son propulsadas a través de remos o velas, principalmente. Son embarcaciones de calado manual y de poca capacidad de bodega, lo que asegura una extracción selectiva de los recursos pesqueros;
Que, sobre los aparejos de pesca, se utilizan anzuelos, redes, mallas, plomadas, en versiones contemporáneas, las cuales usan principalmente metales y nylon sintético para su confección. La confección de dichos elementos queda en manos de los propios pescadores, quienes han heredado esos conocimientos de sus padres u otros pescadores mayores y se preocupan por transmitirlo a sus hijos u otros pescadores más jóvenes y novatos. Del mismo modo, los pescadores confeccionan herramientas específicas para su labor, según especialidad;
Que, la clasificación entre los pescadores se da a partir de criterios tales como la embarcación, por lo que tenemos pescadores embarcados y no embarcados. Asimismo, se hace a partir de las artes de pesca por lo que tenemos pinteros, malleros y buzos. Ambas grandes clasificaciones son también generadoras de identidad puesto que los pescadores tienen en alta estima su rubro y es altamente probable que transmitan dicha especialidad a las generaciones más jóvenes;
Que, un pescador tradicional ancestral siente orgullo por la labor que realiza pues valora su especialización, su conocimiento y su capacidad para entregar un pescado en buenas condiciones a sus compradores o hacer lo propio en casa; preservando los ecosistemas marinos costeros al sentirse parte de los mismos, mediante una relación de estrecha interdependencia. Los pescadores seleccionan meticulosamente la pesca para la venta y aquella para el autoconsumo. Es importante resaltar una sensibilidad especial en el pescador tradicional ancestral en relación con el respeto y salvaguardia de la naturaleza que lo rodea y con la que se relaciona a través de un modo de extracción sostenible. Esto debido a que el mar y sus recursos garantiza su seguridad alimentaria y nutricional, además de constituir un núcleo importante en la construcción de su identidad cultural. Así, considera a la pesca un legado de sus ancestros, su sustento diario y también una actividad que quisieran transmitir a las siguientes generaciones por lo que se esfuerza en el objetivo de que sea sostenible pero también en transmitir sus conocimientos, según su especialidad;
Que, el pintero es un pescador tradicional ancestral que utiliza como herramientas principales el anzuelo, la plomada, el hilo y su carnada. Al igual que los otros tipos de pescadores su práctica se caracteriza por una gran especialización en la captura: los pinteros tienen una alta capacidad de capturar especies muy específicas, lo que disminuye la posibilidad de captura incidental. Un pintero puede estar embarcado o no y puede pescar en orilla o peña;
Que, el mallero es un pescador tradicional ancestral que usa redes o mallas para realizar la captura. Para su labor necesita un sentido de ubicación muy preciso para reconocer zonas de pesca, ya sea en orilla o en el mar. Un error de cálculo puede significar el enredo de la malla y la pérdida del aparejo y de los peces. En la época prehispánica y durante la colonia, los malleros utilizaron algodón nativo para tejer sus mallas. Con el paso del tiempo, el material cambió al nylon sintético, mucho más barato y resistente. Un mallero puede estar embarcado o no y utiliza un tipo de malla especial para su pesca en altamar o en orilla;
Que, el buceo en la pesca artesanal es una tradición ancestral. Antes incluso de la especialización pesquera e incluso antes de la construcción de embarcaciones, la pesca submarina utilizando la técnica de buceo a pulmón ha sido parte de las diversas culturas y comunidades humanas asentadas en el gran litoral peruano. Es una práctica que acarrea un riesgo significativo pero que ha sido ampliamente difundida y tiene vigencia en la actualidad. Un buzo es un cazador submarino que utiliza estrategias de emboscada y persecución para atrapar a su presa. Sus herramientas principales son el arpón, el trinche y el capacho, entre otros, todos ellos de fabricación artesanal y, en la mayoría de los casos, fabricados por el propio pescador y configurado para su uso personal;
Que, en líneas generales y dependiendo de las condiciones climatológicas, la faena pesquera suele iniciarse en la tarde, al caer el sol, o en la noche y puede extenderse hasta el día siguiente. Eventualmente, según la temporada y la especie, al alba, en las primeras horas de la mañana, también puede ser un momento propicio. Esta faena se abre con la captura y preparación de la carnada, la cual es fundamental para tener un buen día de pesca. Se utilizan como carnadas especies tales como el muimuy (emerita análoga), la marucha (callianassa), kril (euphausiacea), calamar, lombriz de mar, entre otras, las cuales necesitan ser preparadas utilizando un cuchillo o dejándolas descomponerse un poco para que su olor sea atractivo a ciertos peces;
Que, tanto embarcados como no embarcados reconocen su capacidad para “leer” la naturaleza, en particular los astros, el mar, los vientos y la fauna marina. Esta lectura les permite identificar cuándo hay más chances de obtener una buena pesca o cuándo es seguro ingresar al mar. Este conocimiento ha sido legado de generación en generación y, aun hoy en día, forma parte de la transmisión entre padres e hijos;
Que, la capacidad de leer la naturaleza les da a los pescadores ancestrales tradicionales autonomía frente a la tecnología a la cual, sin duda, la mayoría accede, pero de la cual no dependen como consecuencia de este conocimiento adquirido y transmitido. La relación con la naturaleza y su conocimiento del universo les permite identificar amenazas que podrían afectar a poblaciones grandes, tales como cambios en la marea y en la temperatura del mar, así como la presencia de contaminantes. Los pescadores organizados también han sido aliados fundamentales del Estado para denunciar prácticas pesqueras ilegales y predatorias, así como las amenazas que acarrean la presencia de distintas construcciones en la zona marino-costera las cuales impiden el acceso de los pescadores ancestrales al mar y afectan los criaderos naturales de peces. Esta situación trae como consecuencia la amenaza a la seguridad alimentaria y nutricional de la población de Lima Metropolitana;
Que, el aporte de los pescadores tradicionales ancestrales incluye también el ámbito de la cocina tradicional pues no solo han sido fundamentales en el acceso a pescados diversos para la preparación de platillos sino que también ellos mismos han aportado en las prácticas y conocimientos asociados, por ejemplo, a la preparación y consumo del ceviche como expresión de la cocina tradicional peruana, manifestación cultural inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de UNESCO. Asimismo, sus conocimientos vinculados a la conservación del pescado a través de técnicas como el salpresado con agua de mar o el secado y salado han influido en las recetas de maestras y maestros de la cocina peruana;
Que, la organización de comunidades de pescadores es una práctica ancestral, muy importante para que el trabajo se desarrolle en óptimas condiciones, preservando y protegiendo el ecosistema marino costero, del cual depende no solo su medio de vida, sino también su identidad cultural, mediante una estrecha relación de interdependencia transmitida de generación en generación. La pesca es un trabajo que necesita de una organización de base comunitaria tanto para la realización de la actividad extractiva, así como para la preservación y protección del ecosistema marino costero mediante la organización de distintas actividades comunitarias, como las de limpieza y vigilancia, entre otras. Son fundamentales las relaciones de reciprocidad y apoyo constante entre pescadores ancestrales;
Que, muchas de las organizaciones pesqueras actuales ubicadas en el área de Lima metropolitana tienen cerca de un siglo de formadas oficialmente y otras incluso llegan al bicentenario, esto no quita que hayan cumplido roles importantes en el pasado remoto aun cuando no se hubieran formalizado o institucionalizado. Las investigaciones de los historiadores han hallado actas y otro tipo de documentos coloniales que dan cuenta de procesos legales en los que estas comunidades de pescadores participaban, así como la presencia de documentos administrativos muy antiguos como los de la Asociación José Silverio Olaya Balandra de pescadores artesanales de la caleta de Chorrillos (1823) y el Gremio de pescadores artesanales San Pedro de Lurín (1898). Estas organizaciones se convierten en núcleos difusores de los conocimientos y técnicas vinculados a esta expresión cultural, acciones fundamentales para la salvaguardia de la expresión;
Que, una de las grandes amenazas a la salvaguardia de la expresión es la depredación indiscriminada de los recursos del mar lo cual afecta no solo a la biodiversidad sino al sistema económico que se desarrolla a propósito de esta práctica. El expediente menciona en su plan de salvaguardia la presencia de pesca con explosivos, la sobrepesca o la pesca que no respeta las tallas mínimas ni los límites de las cinco millas como las principales amenazas a la sostenibilidad del recurso. Por otro lado, la contaminación del mar es una realidad constante la cual pone en riesgo la labor pesquera y la seguridad alimentaria y nutricional de una gran población, al reducir los accesos a pescados saludables. Un problema que se ha ido generalizando en los últimos años debido al crecimiento urbano es el de la presión comercial inmobiliaria sobre las zonas pesqueras y los caminos ancestrales de acceso, los cuales terminan despareciendo por la privatización de las zonas adyacentes al mar, lo que trae como consecuencia el impacto en el ecosistema marino costero;
Que, el pescador tradicional ancestral es muy consciente de la fragilidad del recurso natural y de los esfuerzos que debe hacer para su sostenibilidad en el tiempo. Para ellos la pesca es su vida: un modo de ingreso, una tradición heredada y una identidad profundamente arraigada en su pasado. El pescador tradicional ancestral también es consciente de que existe mucho desconocimiento y por lo tanto poca valoración de la labor pesquera de parte de la opinión pública por lo que muestra especial predisposición a trabajar en conjunto con las autoridades locales y otras instituciones del Estado para revertir esta situación;
Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000006-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-RRM/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de la Pesca tradicional ancestral en el litoral de Lima metropolitana: conocimientos, técnicas y significados asociados, en la provincia de Lima, departamento de Lima; motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Pesca tradicional ancestral en el litoral de Lima metropolitana: conocimientos, técnicas y significados asociados, en la provincia de Lima, departamento de Lima, al constituirse como una expresión cultural que agrupa y desarrolla una serie de conocimientos vinculados a la naturaleza, la construcción de embarcaciones, la confección de aparejos pesqueros, y la aplicación de estrategias de captura sostenibles, cuyos portadores han sabido mantener vigentes a lo largo del tiempo a través de la valoración y transmisión de esta práctica, la cual establece un vínculo con los primeros habitantes de la capital del Perú y que configura una importante fuente de alimentación nutritiva para la sociedad actual.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000006-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-RRM/MC.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución y el Informe N° 000006-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-RRM/MC, a la Asociación de Pescadores Artesanales Peñeros de La Chira – Conchán y La Herradura, a la Asociación de Pescadores Artesanales de Ancón – APESCAAPERÚ, a la Asociación de Pescadores No Embarcados de Ancón, a la Asociación de Pescadores Artesanales de San Pedro de las Playas de la Costa Verde, a la Asociación de Pescadores Artesanales Playa Chica Playa Grande Malleros de Santa Rosa, al Gremio de Pescadores Artesanales de San Pedro de Lurín, a la Asociación Gremio de Pescadores Artesanales de la Caleta de San Bartolo, a la Asociación de Pescadores Pinteros y Marisqueros del Distrito de Santa Rosa, a la Asociación Gremio de Caladores Artesanales de Lurín, a la Asociación José Silverio Olaya Balandra de Pescadores Artesanales de la Caleta de Chorrillos, a la Municipalidad Distrital de Ancón, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a la Municipalidad Distrital de Miraflores, a la Municipalidad Distrital de Barranco, a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a la Municipalidad Distrital de Lurín, a la Municipalidad Distrital de San Bartolo, y a la Municipalidad Metropolitana de Lima para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN INES VEGAS GUERRERO
Viceministra de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
2301555-1