Presidente del Poder Judicial exhorta al Congreso aprobar proyecto que regula uso de hábeas corpus
El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, exhortó al Congreso de la República aprobar el proyecto de ley que presentó con el objetivo de evitar el uso abusivo de los «habeas corpus» y los recursos de amparo.
Según explicó, la iniciativa plantea una modificación en el Código Procesal Constitucional para que cualquier demanda de amparo o «habeas corpus» sea planteado en el distrito judicial donde se emitió la resolución judicial, y no en otros puntos del país.
“Si la resolución se dio en Lima, la demanda debe presentarse en Lima”, dijo el magistrado, al referir, además, que el «habeas corpus», de acuerdo con su proyecto, ya no deberá presentarse ante un juez individual de primera instancia, sino ante una sala.
Si es demanda de amparo corresponderá presentarla ante una sala civil y si es «habeas corpus», ante una sala penal, detalló. El titular del Poder Judicial adelantó que el 5 de setiembre acudirá a la Comisión de Justicia del Congreso para sustentar dicha propuesta.
“Espero que la comisión lo estudie y dictamine, y que el pleno del Congreso apruebe rápido la modificación que permitiría poner freno al uso abusivo de las acciones de amparo y ‘habeas corpus’”, manifestó Duberlí Rodríguez a la prensa.
Duberlí Rodríguez brindó estas declaraciones tras ser consultado sobre la admisión del «habeas corpus» presentado en un juzgado de Piura para revocar la prisión preventiva por 18 meses que hay sobre el expresidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia.
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Arequipa declaró inadmisible un «habeas corpus» similar presentado en dicha jurisdicción.
El presidente del Poder Judicial participó esta mañana en la presentación del sitio web del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que busca contribuir con la transparencia para el buen funcionamiento de la administración de justicia.
A través de dicho sitio web se tendrá acceso a la información sobre la estructura y funcionamiento del sistema, a la normativa nacional e internacional en materia de corrupción, a la jurisprudencia de los órganos de competencia nacional, y a los resúmenes de las principales sentencias emitidas.