Congreso aprueba dictamen que precisa sanciones para apología del terrorismo
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó por mayoría el proyecto de ley que propone modificar el artículo 316 del Código Penal sobre la apología del terrorismo.
El legislador de Fuerza Popular, Octavio Salazar, explicó que la iniciativa es muy importante para el país porque «se precisa con detalles quién es el que comete la apología del terrorismo».
«Las penas van desde cuatro a 12 años», refirió al destacar que la modificación al Código Penal permitirá sancionar a quien públicamente exalta, justifica o enaltece el terrorismo.
La aprobación del dictamen, después de un mes de análisis y debate, fue posible al lograr el consenso con los representantes de las diferentes bancadas en torno a la unificación de los cuatro proyectos de ley que propugnaban severas sanciones penales, informó el presidente de ese grupo de trabajo, Salvador Heresi.
En la iniciativa se incorpora el artículo 316-A, relacionado a la apología del terrorismo.
Se establece que si la exaltación, justificación o enaltecimiento del terrorismo se realiza en ejercicio de la condición de autoridad, docente o personal administrativo de una institución educativa o en presencia de menores de edad, la pena será no menor de seis ni mayor de 10 años.
Además dispone la inhabilitación, conforme a los incisos 1, 2, 4 y 9 del artículo 36 del Código Penal.
Si la exaltación se hace con libros, imágenes, audios, imprenta, radiodifusión u otros medios de comunicación o tecnologías de la información, la persona que haya sido condenada por sentencia firme como autor o participe de actos de terrorismo, la pena será no menor de ocho ni mayor de 15 años.