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Sancionan a magistrados que perdonaron a presunto violador porque víctima usaba «calzón rojo»

Actualizado: 22 marzo, 2022

LAPATRIA

En octubre del año 2020 un grupo de magistrados de Ica se volvieron en el foco de atención por considerar que una mujer de alguna manera aceptó tener relaciones sexuales con un presunto violador solo por usar una ropa interior roja.

Luego de una larga investigación y deliberación, la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), presidida por la jueza suprema Mariem de la Rosa decidió suspenderlos por 6 meses en sus funciones.

Esto por que ellos usaron innecesariamente fundamentos estereotipados en sentencia de delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación.

Se trata de los magistrados: Ronald Nilton Anayhuamán Andía, Lucy Julliana Castro Chacaltana, y Diana María Jurado Espino.

La ropa interior

Se debe aclarar que, el uso de esa prenda, fue uno de los argumentos para hallarlo inocente pues también se valoró que la víctima había ingerido bebidas alcohólicas con el presunto violador y que la madre de esta no se preocupó por ella.

El fragmento de la sentencia absolutoria que causó polémica es el siguiente: …] quienes examinaron a la agraviada coinciden en señalar que es una mujer tímida […] sin embargo, suele vestir prendas interiores como la descrita por la bióloga forense Doris Matilde García Espinoza en su dictamen de biología forense N° 201907000119, describiéndolo … “…trusa femenina de color rojo con encaje en zona delantera, blondas en contorno de pierna…” resultando extraño que la supuesta personalidad que presenta la misma (tímida) no guarde relación con la prenda íntima que utilizó el día de los hechos, pues por las máxima de la experiencia este tipo de atuendo interior femenino suele usarse en ocasiones especiales para momentos de intimidad, por lo conlleva a inferir que la agraviada se había preparado o estaba dispuesta a mantener relaciones sexuales con el imputado […].

Osea, para estos magistrados, si la mujer usaba otro color (por ejemplo rosado o, con figuras de animales), la culpabilidad del presunto violador podía aumentar o disminuir. Un absurdo a todas luces.

El caso tiene otras observaciones como la falta de lesiones o manchas en la ropa de la mujer y otros pero, lo importante es que se puso en claro que no se pueden usar estereotipos o ideas prejuiciosas sobre el vestir de una mujer para valorar un hecho penal.


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