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Corte Interamericana insta a que indulto a Fujimori sea sometido a control constitucional


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ANDINA
15/06/2018

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (corte IDH) instó hoy al Estado Peruano a que el indulto por razones humanitarias, otorgado en diciembre del año 2017 al expresidente Alberto Fujimori, sea sometido a control constitucional en el Perú.

Fue al dar a conocer una resolución en la que se pronuncia sobre la supervisión de cumplimiento de las sentencias de los casos de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, ocurridos durante el gobierno de Alberto Fujimori.

“La Corte insta al Estado para que el control jurisdiccional constitucional del indulto por razones humanitarias otorgado a Alberto Fujimori sea realizado en forma pronta” agrega el documento.

Según la resolución, la Corte valorará la posibilidad de que en Perú se realice el control jurisdiccional del indulto concedido “por razones humanitarias” al exmandatario.

“Ante la situación comprobada de que la jurisdicción constitucional podría realizar un control del indulto (…) otorgado a Alberto Fujimori (…) esta Corte considera conveniente que los órganos jurisdiccionales peruanos competentes puedan pronunciarse al respecto”, señala.

En ese sentido, espera que un órgano jurisdiccional verifique la proporcionalidad entre una medida del Ejecutivo en pro del derecho a la vida e integridad de un condenado por violaciones a los derechos humanos y el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y sus familias.

Además de realizar la referida ponderación, un control jurisdiccional del indulto deberá permitir la comprobación de la concurrencia de los aspectos fácticos y requisitos jurídicos exigidos por la ley peruana respecto a las “razones humanitarias” del indulto, dice la resolución.

La Corte IDH menciona, de esta manera, la posibilidad de control jurisdiccional de la resolución del expresidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, que en diciembre de 2017 otorgó el indulto por razones humanitarias a Alberto Fujimori.

Por consiguiente, corresponderá a las autoridades nacionales analizar si el ordenamiento jurídico peruano prevé otras medidas que, sin implicar un perdón de la pena por el Ejecutivo, permitan proteger la vida e integridad de Fujimori, en caso peligre su vida.

Se deberá, entonces, ponderar cuál es la medida más acorde al respeto al principio de proporcionalidad y al derecho de acceso a la justicia de las víctimas, subraya el documento.

SUPERVISIÓN ABIERTA

En su fallo, en tribunal internacional resolvió declarar que el Estado no ha dado cumplimiento total a la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a los derechos humanos determinadas en las sentencias de la Corte IDH en ambos casos.

Dispuso, además, mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de algunas medidas de reparación del caso Barrios Altos, entre ellas, investigar los hechos para determinar las personas responsables de las violaciones de los derechos humanos.

Entre esas medidas de reparación también figuran divulgar públicamente los resultados de dicha investigación, y la sanción de los responsables y el pago de la indemnización a Martín León Lunazco, hijo de la víctima Máximo León León, de la sentencia de reparaciones del 2001.

Además, en otro de los puntos de la resolución, también dispone mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de medidas de reparación del caso La Cantuta, entre ellos, proceder a inmediata búsqueda y localización de los restos de algunas víctimas.

Ordena también que, a más tardar el 29 de octubre, el Estado y los intervinientes comunes de los representantes de las víctimas presenten a la Corte información sobre los avances por parte de la jurisdicción constitucional del control del indulto concedido a Alberto Fujimori.

Ese control, según el fallo, es relativo al cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las “graves violaciones” a los derechos humanos determinadas en las Sentencias emitidas en los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Para acceder a la resolución completa ingrese al siguiente enlace: Resolución completa

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